Universidades retornarán a la presencialidad en el segundo semestre 2022

Nota de prensa
Minedu dispone que retornen a la prestación del servicio educativo según la modalidad en la que fueron licenciadas por la Sunedu.

Fotos: Oficina de Prensa

Oficina de Prensa

18 de junio de 2022 - 4:07 p. m.

El Ministerio de Educación, mediante la Resolución Viceministerial N° 076-2022-MINEDU, dispuso que las universidades públicas y privadas, así como las escuelas de posgrado, retornen a la prestación del servicio educativo, según la modalidad autorizada en su licencia institucional, a partir del segundo semestre académico del 2022. 

Con esta medida, culmina la educación remota de emergencia que se inició en abril del 2020 con el propósito de asegurar la continuidad del servicio educativo durante la emergencia sanitaria causada por la pandemia del COVID-19.

En febrero del presente año se dispuso que las universidades podían iniciar un retorno gradual a la presencialidad mediante la implementación excepcional de modelos híbridos de enseñanza, cumpliendo con las medidas de bioseguridad. 

De esta manera, durante el semestre académico 2022-1, la mayoría de universidades implementaron modelos híbridos de enseñanza con el desarrollo de los cursos de talleres y laboratorios de manera presencial y los cursos teóricos de forma virtual, aunque algunas universidades regresaron al 100 % de presencialidad. 

Debido al avance en el proceso de vacunación y a las medidas implementadas por el Poder Ejecutivo para el retorno presencial, como la eliminación del distanciamiento en las instituciones educativas, el Ministerio de Educación derogó los artículos 3 y 4 de la Resolución Viceministerial N° 015-2022-MINEDU, que autorizaban la implementación excepcional de modelos híbridos de enseñanza.

Con ello, a partir segundo semestre académico todas las universidades y escuelas de posgrado deben retornar a la prestación del servicio educativo según la modalidad en la que fueron licenciadas por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu). 

Cabe precisar que esta disposición no modifica lo dispuesto en la Resolución de Consejo Directivo N° 121-2021-SUNEDU/CD, que establece una suspensión de la obligatoriedad para iniciar un procedimiento de modificación de licencia para cambiar la modalidad de un programa ya licenciado, cuya implementación y modificación corresponde a la Sunedu.