Minedu aprueba lineamientos para que universidades peruanas elaboren documentos normativos internos para prevención y atención de casos de hostigamiento sexual

Nota de prensa

Fotos: Archivo Minedu

Prensa Minedu

19 de julio de 2018 - 5:03 p. m.

El Ministerio de Educación (Minedu) viene actuando de manera frontal contra todo tipo de violencia a la libertad sexual dentro de los espacios educativos.

El día de hoy se han publicado en el Diario Oficial El Peruano los Lineamientos para la elaboración de documentos normativos internos para la prevención e intervención en casos de hostigamiento sexual en la comunidad universitaria que servirán de guía para que todas las universidades a nivel nacional, en el marco de su autonomía, elaboren documentos normativos internos para proteger la integridad física y emocional de estudiantes y docentes ante casos de hostigamiento sexual en el ámbito universitario.

En esta misma línea, en mayo del presente año se aprobaron a través de un decreto supremo los “Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, la Prevención y la Atención de la Violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes” que contienen 6 protocolos para la atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes; y a través de una resolución ministerial se aprobó la Norma Técnica denominada “Disposiciones que regulan la aplicación de la Ley N° 29988[1] y su Reglamento en el Minedu, DRE y UGEL”. Ambos documentos son instrumentos importantes para la lucha contra la violencia en espacios educativos; en cuanto al segundo, ha permitido retirar definitivamente de instituciones educativas a 780 personas condenadas por delitos de terrorismo, tráfico ilícito de drogas y violación de la libertad sexual, de las que 583 fueron por este último delito.

Los lineamientos publicados hoy son resultado del trabajo con universidades y el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), responden al compromiso del Minedu de luchar contra la violencia de género en las instituciones educativas y al cumplimiento de la Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual.

El documento normativo interno contra hostigamiento sexual de cada universidad debe contener los objetivos, estrategias y procedimientos para prevenir y atender de manera efectiva y célere los casos que se presenten entre los miembros de la comunidad universitaria.

Las universidades deben especificar las medidas de prevención e intervención en casos de hostigamiento sexual, así como las acciones de la Defensoría Universitaria y del Tribunal de honor, de ser el caso, en la atención de quejas. También deben informar las actividades a desarrollar para la difusión del documento normativo interno entre estudiantes y docentes.

En coordinación con el MIMP, el Minedu brindará apoyo a las universidades públicas y privadas que requieran asistencia técnica para la elaboración y aprobación de sus documentos normativos, en cumplimiento a los lineamientos dados por el sector.

Cabe señalar que el trabajo para la aprobación de sus documentos normativos internos inicia con las 15 universidades participantes en los Convenios de Gestión 2018 (RVM N°036-2018).

De igual modo, se vienen preparando normas complementarias para coadyuvar a la atención inmediata de casos de hostigamiento sexual en institutos superiores tecnológicos y pedagógicos, así como en escuelas superiores de formación artística y Cetpro.

[1] Ley que establece medidas extraordinarias para el personal docente y administrativo de instituciones educativas públicas y privadas, implicado en delitos de terrorismo, apología del terrorismo, delitos de violación de la libertad sexual y delitos de tráfico ilícito de drogas; crea el Registro de personas condenadas o procesadas por delito de terrorismo, apología del terrorismo, delitos de violación de la libertad sexual y tráfico ilícito de drogas y modifica los artículos 36 y 38 del Código Penal.