Mincetur inició el proceso de autorización y registro de solicitudes vinculadas a la actividad de juegos y apuestas deportivas a distancia

Nota de prensa
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14 de febrero de 2024 - 4:31 p. m.

El ministro de Comercio Exterior y Turismo, Juan Carlos Mathews, informó que desde este último martes 13 de febrero el Mincetur ha activado su sistema informático para recibir de manera online las solicitudes de laboratorios de certificación y empresas vinculadas a los juegos y apuestas deportivas a distancia.

Durante las primeras 24 horas, la plataforma del Mincetur ha recibido las solicitudes de cuatro Laboratorios de Certificación Internacional y veinte proveedores de servicios vinculados a esta actividad. Estas ya han sido autorizadas por el Mincetur.

“Es importante que nuestro país regule esta actividad, no solo por el movimiento económico que genera y la recaudación que tendrá, también por la necesidad de darle seguridad a los ciudadanos peruanos que ingresan y usan estas aplicaciones. Es deber del Estado promover el juego responsable”, señaló el ministro Juan Carlos Mathews.

SOBRE LA LEY
Como se recuerda, la Ley 31557 o Ley que regula la explotación de los juegos y apuestas deportivas a distancia señala, entre diversos aspectos, que el Mincetur es la autoridad administrativa a nivel nacional que regula, autoriza, revoca, fiscaliza y sanciona la explotación de los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia. 

El dispositivo legal sostiene que solo podrán participar de esta actividad aquella persona natural mayor de edad, de nacionalidad peruana o extranjera, registrada previamente en las plataformas tecnológicas de los juegos o apuestas deportivas a distancia autorizadas.

En el caso de las salas de juego de apuestas deportivas a distancia, estos podrán estar ubicados en un local exclusivo de esta actividad u otros que tengan como giro principal la venta de otros productos o servicios. 

Sobre las apuestas, la nueva ley indica que el jugador debe realizar el pago de sus apuestas con dinero circulante, tarjetas de crédito, débito o cualquier otro medio de pago, con excepción de las criptomonedas. 

En el caso de obtener premios, estos podrán ser cobrados por el medio de pago que el jugador elija o, en su defecto, mediante una cuenta a su nombre, abierta en una empresa del sistema financiero bajo la supervisión de la SBS. 

Cabe precisar que únicamente pueden ser objeto de apuestas deportivas aquellos eventos deportivos que formen parte de asociaciones, federaciones o ligas deportivas nacionales o internacionales. 

DATOS
•            Hasta el miércoles 13 de marzo las empresas que ofrecen los servicios de juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia deberán presentar de manera virtual, ante el Mincetur, su solicitud para que se les otorgue la autorización de funcionamiento.
•           Mincetur pone a disposición el correo electrónico apuestasdeportivas@mincetur.gob.pe para cualquier tipo de consultas.
•             Es la primera vez que se regula en el país esta importante actividad económica. En Sudamérica, el Perú es el tercer país en reglamentarla, luego de Colombia y Argentina (en las provincias de Buenos Aires, Córdoba y Mendoza). Posteriormente al Perú, Brasil ha hecho lo propio.
•             Se estima que el volumen de apuestas realizadas en el Perú durante el 2022 fue cercano a los 3,800 millones de soles.

OFICINA DE COMUNICACIÓN Y PROTOCOLO
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO