Resolución Ministerial N.° 107-2019-MINCETUR
25 de marzo de 2019
Delegar la facultad de emitir certificados de origen a favor de la Cámara de Comercio, Industria, Servicios, Turismo y de la Producción de Cusco, por un plazo de cinco (05) años, el mismo que se computará a partir de la fecha de suscripción del Convenio a que se hace referencia en el artículo 3 de la presente Resolución.