Comunicado

Nota de prensa
A la opinión pública
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15 de marzo de 2024 - 11:14 a. m.

Respecto al Registro de fabricantes, importadores y distribuidores de bienes regulados en la Ley n.° 30884 (Regiplast), artículo 6, el Ministerio del Ambiente (Minam) comunica lo siguiente:

- El Regiplast tiene por objeto recopilar y sistematizar la información sobre los bienes de plástico, con la finalidad de generar estadísticas e indicadores que midan los resultados de la implementación de la citada ley y su Reglamento, aprobado mediante D. S. n.° 006-2019-MINAM.

- Los fabricantes, importadores y distribuidores de las bolsas de plástico deben inscribirse en este registro e informar anualmente, considerando lo señalado en el numeral 12.1 del artículo 12 del Reglamento de la referida norma legal.

- Los fabricantes, importadores y distribuidores de los bienes de plásticos distintos a las bolsas de plástico, pueden optar por inscribirse de manera facultativa en el referido registro e informar anualmente sobre los bienes correspondientes que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de la Ley n.° 30884 y su Reglamento.

- Los fabricantes, importadores y distribuidores de bolsas de plástico deben declarar en el Regiplast, hasta el 29 de marzo del 2024, con carácter de Declaración Jurada, respecto al periodo 2023, con datos mensualizados y el sustento correspondiente.

- Para consultas se ha puesto a disposición el número telefónico (01) 611-6000, anexo 1962 y/o el correo electrónico ecoeficiencia@minam.gob.pe

- Para acceder al registro, se ingresar a esta aplicación digital.