Comunicado

Comunicado
A la opinión pública.
Foto
Foto

12 de noviembre de 2022 - 8:58 a. m.

Sobre la implementación de la Declaratoria de Emergencia Ambiental en la Zona Marino Costera, el Ministerio del Ambiente (Minam) informa a la opinión pública lo siguiente:

1.       La Declaratoria de Emergencia Ambiental (DEA) es un instrumento de gestión ambiental excepcional que define una intervención multisectorial por un periodo de tiempo determinado, a nivel local o regional, sobre un área geográfica específica, a fin de desplegar acciones de primera respuesta y de control por la afectación de la calidad ambiental, a la salud de las personas y/o a los servicios ecosistémicos, por la ocurrencia de un evento súbito y significativo.

2.       Ante la severa afectación ambiental generada por el derrame de petróleo en la Zona Marino Costera (ZMC) ocurrida el 15 de enero de 2022, el Minam aprobó una DEA y un Plan de Acción Inmediato y de Corto Plazo (PAICP), cuyo cumplimiento involucró la participación de entidades competentes, en coordinación con los respectivos gobiernos regionales y locales (ver imagen de flujo en la portada).

3.       El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), en el marco de sus competencias, realizó acciones periódicas de supervisión y evaluación ambiental. Para ello, dispuso la participación de 190 especialistas, quienes monitorearon más de 4000 puntos impactados y efectuaron más de medio millón de análisis de laboratorio. En esa labor, se emplearon equipos ambientales de última generación, drones e imágenes satelitales para determinar la extensión y verificar las áreas afectadas.

4.       El OEFA, como autoridad de fiscalización ambiental, ha impuesto siete multas coercitivas a RELAPASAA - REPSOL  por un total de S/2 852,000.00 (620 UIT), las cuales fueron pagadas por dicha empresa. Asimismo, inició seis procedimientos administrativos sancionadores a RELAPASAA-REPSOL:  en tres de ellos se determinaron sanciones monetarias en primera instancia por más de S47 000 000; los otros tres procedimientos siguen en trámite.

5.       Respecto a la labor social, tras conocerse la ocurrencia del derrame, el OEFA realizó 76 talleres informativos con los actores sociales involucrados, donde participaron más de 2537 personas, a quienes se les informó sobre las acciones realizadas hasta octubre del presente año.

6.       El OEFA, luego de la verificación de 97 sitios contaminados por el derrame de petróleo, concluyó que en la ZMC aún existen setenta y un sitios contaminados con hidrocarburos, por lo que ha dispuesto que la empresa RELAPASAA - REPSOL elabore y presente un Plan de Rehabilitación Ambiental, conforme a lo establecido en el Reglamento para la Protección Ambiental en las actividades de hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo n.° 039-2014-EM y modificado por Decreto Supremo n.° 005-2021-EM. 

7.       RELAPASAA - REPSOL deberá presentar el citado Plan de Rehabilitación a la Dirección General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos (DGAAH) del Ministerio de Energía y Minas (Minem), en su condición de Autoridad Ambiental Sectorial, para su evaluación y aprobación en un plazo máximo de doce meses, contados desde el día siguiente de la fecha de notificación de la medida administrativa (4 de octubre de 2022). 

8.       Cabe precisar, que la culminación de la DEA no implica de manera alguna que no se ejecutarán las acciones posteriores y necesarias para atender los efectos del derrame de petróleo y de atención a las poblaciones afectadas. Por lo tanto, corresponde a RELAPASAA - REPSOL el cumplimiento de sus obligaciones y a las instituciones del Estado continuar con la ejecución de las acciones necesarias en el marco de sus competencias. 
 
9.       El Ministerio del Ambiente ratifica su compromiso para continuar con las acciones de supervisión y fiscalización ambiental y otras que le correspondan, en el marco de sus competencias, manteniendo la coordinación multisectorial que coadyuve con la recuperación ambiental de la zona marino-costera. 

Lima, 12 de noviembre 2022.