Amplían plazo hasta el 6 de marzo para realizar aportes al Reglamento de la Ley de Moratoria

Nota de prensa
Se convocará a los diversos gremios de pequeños productores, agricultores familiares, y organizaciones relacionadas con la conservación de la agrobiodiversidad de diferentes regiones.

27 de febrero de 2021 - 1:24 p. m.

Hasta el 6 de marzo de este año ha sido ampliado el plazo para que la ciudadanía continúe realizando sus aportes al proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley n.° 29811, que establece la moratoria al ingreso y producción de organismos vivos modificados (OVM) al territorio nacional (modificada por la Ley n.° 31111, a través de la Resolución Ministerial n.° 028-2021-MINAM).
 
Así lo establece en su artículo único la Resolución Ministerial n.° 039-2021-MINAM promulgada en la fecha por el Ministerio del Ambiente (Minam).
 
El plazo adicional será empleado para continuar con las reuniones informativas, a través de plataformas virtuales, con los diversos actores involucrados, a fin de continuar promoviendo la participación y recibiendo comentarios de la ciudadanía y de las organizaciones y comunidades directamente involucradas en la implementación de la Ley de Moratoria.
 
El Minam ha elaborado un cronograma que culminará el 6 de marzo de 2021, y que incluye la presentación y revisión de la propuesta normativa por parte de la Comisión Multisectorial de Asesoramiento (CMA), donde se encuentra representada la sociedad civil. 
 
Para ello, se convocarán a reuniones informativas a los diversos gremios de pequeños productores y agricultores familiares, organizaciones de la sociedad civil relacionadas con la conservación de la agrobiodiversidad de diferentes regiones del país, entre otras.
 
Para participar en la consulta pública de la adecuación del Reglamento de la Ley de Moratoria a los OVM, se deben seguir los siguientes pasos:
 
 
 
3. Envíalos hasta el 6 de marzo a través del correo electrónico: bioseguridad@minam.gob.pe
 
Cabe indicar, que los plazos para aprobar el Reglamento fueron establecidos por el Congreso de la República, razón por la cual se están desarrollando los esfuerzos necesarios para cumplir con la adecuación del Reglamento de la citada Ley, en el lapso de 60 días calendario, establecido bajo responsabilidad, en la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley n.° 31111.
 
Proceso participativo y consensuado
 
El Ministerio del Ambiente inició este proceso participativo el pasado 6 de enero para recibir opiniones de todos los actores involucrados. A la fecha, se han realizado siete reuniones bilaterales con las entidades encargadas de la implementación, dos reuniones con la Comisión Multisectorial de Asesoramiento, donde se encuentra representada la sociedad civil y dos reuniones informativas a través de canales virtuales. 

Cabe destacar que durante el proceso se recibieron alrededor de 150 comentarios y aportes que vienen enriqueciendo la propuesta de Reglamento. Asimismo, el Minam viene participando en eventos de difusión propiciados por diversas organizaciones de la sociedad civil, como la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental.

También, la propuesta normativa se puso en consulta pública por 10 días hábiles, al amparo de los plazos establecidos en el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales. Paralelamente a esta consulta, se efectuaron 2 reuniones informativas vía virtual.
 
El dato:
- La Ley n.° 31111 no reemplaza a la Ley n.° 29811, pues solo prorroga el plazo de vigencia.