Decreto Supremo N.° 020-2015-MINAGRI

30 de diciembre de 2015

bosques tropicales 600 pix

Lima, 30 de diciembre de 2015.- Uno de los logros más destacados del 2015 que ya termina fue la promulgación de la Nueva Normativa Forestal denominada Bosques Productivos para la vida que permitirá la vigencia de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre N° 29763. Esta última reconoce –por primera vez– el rol de las comunidades nativas y campesinas al incorporar su participación en el Consejo Directivo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR).

Al contar con esta nueva normativa y tomando en cuenta que el 57% del territorio nacional está cubierto de bosques de gran diversidad, el Perú para el año 2030 reforestará 2 millones de hectáreas a través de las plantaciones forestales con fines comerciales. Asimismo, reactivará el sector forestal y se espera alcanzar US$300 millones en exportaciones de madera.

De este modo, gracias a un trabajo conjunto entre los Ministerios de Ambiente (MINAM), Agricultura, Producción, Comercio Exterior y Turismo, los cuatro nuevos reglamentos establecen mejores reglas de juego para facilitar la formalidad de aquellos que buscan acceder a los recursos de flora y fauna silvestre. Asimismo, este paquete de normas simplifica el quehacer de quienes ya desarrollan estas actividades productivas, contribuyendo así a reducir los niveles de deforestación y transitar a una gestión forestal eficiente, competitiva y sostenible. Dichos reglamentos de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre N° 29763 responden a las necesidades y expectativas de la ciudadanía, los pueblos indígenas y el Estado para alcanzar una mejor gestión de los recursos:

  1. Reglamento para la Gestión Forestal; 
  2. Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre; 
  3. Reglamento para la Gestión Forestal y de Fauna Silvestre en comunidades campesinas y comunidades nativas.

Con ellas, también se promoverá las actividades de ecoturismo y los negocios de productos no maderables como harina de algarrobina, comercialización de orquídeas, aguaje en pulpa, aceite de ungurahui, tara, entre otros. Asimismo, permitirá impulsar negocios forestales desde las comunidades nativas y campesinas en beneficio de sus familias y de todo el país, obteniendo mayores ingresos y mejor la calidad de vida para sus familias.

El MINAM, como parte de labor por el impulso al desarrollo del sector forestal, ha logrado con estos reglamentos visibilizar el valor de este importe capital natural que representa un promedio de 73´280,424 millones de hectáreas (ha). De esta manera se responde a los grandes retos globales, como la lucha contra la deforestación y el cambio climático, sumando esfuerzos junto a los pueblos indígenas para elaborar de forma participativa y con consulta previa, libre e informada, estos cuatro reglamentos que comprenden temas de gestión forestal, gestión de fauna silvestre, comunidades campesinas, plantaciones forestales y sistemas agroforestales.

Bajo este enfoque integral, el nuevo reglamento visibiliza el verdadero valor del bosque peruano, que más allá de ser proveedor de madera, brinda una serie de bienes, servicios y oportunidades altamente competitivas y a la vez amigables con el medio ambiente.

Vista preliminar de documento Decreto Supremo N° 020-2015-MINAGRI

Decreto Supremo N° 020-2015-MINAGRI

PDF
297.8 KB