MIMP: Conadis fiscalizó plataformas de atención al público de entidades bancarias

Nota de prensa

Fotos: Mimp

1 de julio de 2020 - 2:42 p. m.

El Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad –CONADIS, en el marco de sus funciones, viene realizando diversas inspecciones inopinadas a entidades públicas y privadas para verificar el cumplimiento de la Ley Nº 29973 Ley General de la Persona con Discapacidad, en las materias de accesibilidad y cuota laboral.

Estas acciones forman parte del “Plan de Fiscalización en respuesta al estado de Emergencia 2020” y fueron ejecutadas la Dirección de Fiscalización y Sanciones, quienes verificaron los accesos del ingreso, áreas de estacionamientos, las instalaciones de atención al público y protocolo de desinfección para todas las personas que ingresan a realizar diversas gestiones.

En esta oportunidad, realizarán una visitas de fiscalizaron las plataformas de atención al público de la Agencia del Banco de Crédito del Perú- BCP La Molina, la sede central del Banco de la Nación en la Av. Arqueología en San Borja y la sede central del banco BBVA en San Isidro, verificando lo siguiente:

Banco BCP La Molina:

ü Cuentan con 1 estacionamiento preferencial dentro del lote y 2 en exteriores que no cumplen con las dimensiones ni señalética correspondiente.

ü La rampa peatonal de acceso desde la vereda, cumple con la pendiente apropiada según la Norma Técnica A.120 del Reglamento Nacional de Edificaciones, al igual que las rejillas en el piso con una separación inferior a los 13 mm.

ü Carecen de señalética adecuada para la atención preferencial.

ü En la plataforma, el módulo de atención al cliente cuenta con las dimensiones accesibles reglamentarias para un usuario en silla de ruedas o persona de talla baja.

ü El módulo de atención preferencial no cuenta con señalética ni altura accesible.

ü En el área de espera, los asientos contemplan el distanciamiento social, pero no con un espacio reservado para silla de ruedas.

ü Los servicios higiénicos no cumplen con las medidas reglamentarias de accesibilidad.

Banco de la Nación - San Borja:

ü Los módulos de atención preferente no tienen señalética que indique la atención a personas con discapacidad y dimensiones accesibles.

ü El servicio de intérprete en lengua de señas no está debidamente señalizado.

ü Cuentan con servicios higiénicos accesibles en óptimas condiciones.

ü La atención en ventanilla no cumple con la altura máxima de de 0.80 cm según Norma Técnica A.120.

ü En la zona de espera, los asientos están debidamente señalizados para el distanciamiento social, pero no consideran un espacio reservado para silla de ruedas.

Banco BBVA - San Isidro:

ü Al ingreso, Han establecido un protocolo de verificación de temperatura y alcohol en gel

ü Uno de los cajeros ubicado al interior, no cumple con la altura accesible para personas de talla baja y/o usuario en silla de ruedas.

ü En el módulo “Muro de tecnología” presenta un pedestal con plataforma de 1.16 m de alto (se recomienda su inclinación para que sea manipulado con el menor esfuerzo posible).

ü El módulo de atención preferente no cumple con la altura correcta que establece la Norma Técnica A.120.

ü En la zona de espera, no hay señalización en el piso para usuarios en silla de ruedas.

ü Sus servicios higiénicos accesibles, cumplen con las medidas establecidas para personas con discapacidad.

ü Al igual que las señaléticas implementadas para el cuidado y protección en el marco de la emergencia sanitaria, deben señalizar el servicio de intérprete en lengua de señas.

En términos generales, las entidades bancarias tienen un cumplimiento parcial de con las condiciones de accesibilidad en sus plataformas; sin embargo, hay muchos puntos que deben mejorar para convertir sus áreas de atención al público en ambientes universales. Para ello, han otorgado un plazo de 30 días para comunicar las acciones de mejora realizadas en cuanto a la accesibilidad para las personas con discapacidad.

Finalmente, el Conadis seguirá realizando las labores de fiscalización a las demás instituciones bancarias y también a las municipalidades distritales de Lima Metropolitana y Callao, para dar cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 16, 17 y 19 de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad en el marco D.S N° 044-2020-PCM, y cuya acciones se replicarán de manera progresiva a nivel nacional a través de los Centros de Coordinación Regional.