Ejecutivo publica Decreto Legislativo que modifica Ley N° 30364 para fortalecer lucha contra la violencia hacia la mujer

Nota de prensa

Fotos: MIMP

4 de setiembre de 2018 - 6:54 p. m.

El Ejecutivo publicó hoy el Decreto Legislativo 1386 que modifica la ley Nº 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar con el propósito de fortalecer la prevención y protección de las víctimas.

Para mejorar el acceso a la justicia y a la protección, se establece la competencia de las fiscalías penales y de Familia para recibir denuncias y aplicar las fichas de valoración de riesgo. Asimismo, en adelante, los Juzgados de Paz Letrados o Juzgados de Paz pueden tramitar denuncias en casos de violencia y dictar medidas de protección, en las zonas donde no existan los Juzgados de Familia, favoreciendo a quienes habitan en las zonas rurales.

El plazo para que los Juzgados de Familia emitan las medidas de protección y cautelares cuando el riesgo es leve y moderado es de 48 horas, en caso de riesgo severo, el plazo máximo es de 24 horas.

En los casos de flagrancia con riesgo severo, el Juzgado Penal dictará las medidas de protección y cautelares en audiencia única, en un plazo máximo de 24 horas, correspondiendo al Fiscal Penal disponer la intervención del Programa de Protección de Asistencia de Víctimas y Testigos del Ministerio Público.

Se establecen consideraciones que deben tener en cuenta los jueces de familia para otorgar las medidas de protección y cautelares: los resultados de la Ficha de Valoración de Riesgo, los informes sociales, los antecedentes del acusado y la relación entre víctima y agresor, etc.

Asimismo, la modificación contempla nuevas medidas de protección como la asignación económica de emergencia, la prohibición del retiro de los/as hijos/as menores de edad del cuidado familiar y el tratamiento reeducativo y psicológico tanto para el agresor como para víctima.

Las medidas de protección tendrán vigencia mientras exista el riesgo, independientemente de los resultados de la investigación o proceso penal. El Juzgado de Familia evalúa su vigencia en atención al riesgo en que se encuentra la víctima.

El Decreto Legislativo lleva la firma del Presidente de la Republica, Martin Vizcarra y es refrendado por las ministras de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y Salud y los titulares del Interior ; y Justicia y Derechos Humanos.