Resolución Directoral N.° 108-2025-MIMP/DGNNA

5 de agosto de 2025

IMPONER LA SANCIÓN DE CIERRE del Centro de Acogida Residencial Básico “DEVINAMU”, por la comisión de la infracción tipificada en el literal b) del artículo 132 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1297, Decreto Legislativo para la protección de niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2018-MIMP referida a funcionar sin la Acreditación respectiva; lo cual se sanciona cierre, que conforme al párrafo numerado 130.2 del artículo 130 del citado dispositivo legal, consiste en el CESE DEFINITIVO DE SUS FUNCIONES, las Unidades de Protección Especial no podrán derivar niñas, niños o adolescentes al CAR Básico “DEVINAMU”, bajo responsabilidad funcional.

DISPONER que la Dirección de Políticas de Niñas, Niños y Adolescentes anote la presente sanción en el Registro del Sistema de Centros de Acogida Residencial y realice el trámite pertinente para la publicación de la presente resolución en el portal web del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, una vez que quede consentida, conforme a lo dispuesto en el artículo 82 del Decreto Legislativo Nº 1297, Decreto Legislativo para la protección de niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos y el artículo 143 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2018-MIMP; así como poner de conocimiento a la Dirección de Protección Especial del MIMP, como a las autoridades del Ministerio Público y de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios.


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