Resolución Ministerial N.° 105-2025-MIMP
16 de marzo de 2025
Modificar el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 061-2024-MIMP, el cual queda redactado con el siguiente texto:
“Artículo 1.- Aprobación del Plan de Acreditación para Centros de Acogida Residencial (CAR) y plazo de vigencia. Los Centros de Acogida Residencial (CAR) no acreditados al 12 de febrero de 2024, pueden acogerse a un Plan de Acreditación ante la Dirección de Políticas de Niñas, Niños y Adolescentes de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, con la finalidad de brindarles la asistencia técnica necesaria para lograr su acreditación ante el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, con una vigencia de 12 meses calendario desde la emisión de la resolución directoral de incorporación del CAR al Plan, el cual podrá prorrogarse de manera automática por el periodo de 12 meses calendario, previo informe favorable de la Dirección de Políticas de Niñas, Niños y Adolescentes de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes.”
“Artículo 1.- Aprobación del Plan de Acreditación para Centros de Acogida Residencial (CAR) y plazo de vigencia. Los Centros de Acogida Residencial (CAR) no acreditados al 12 de febrero de 2024, pueden acogerse a un Plan de Acreditación ante la Dirección de Políticas de Niñas, Niños y Adolescentes de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, con la finalidad de brindarles la asistencia técnica necesaria para lograr su acreditación ante el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, con una vigencia de 12 meses calendario desde la emisión de la resolución directoral de incorporación del CAR al Plan, el cual podrá prorrogarse de manera automática por el periodo de 12 meses calendario, previo informe favorable de la Dirección de Políticas de Niñas, Niños y Adolescentes de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes.”