Resolución Ministerial N.° 087-2024-MIMP

7 de marzo de 2024

Modificar el numeral 2.1. del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 050-2024-MIMP, que crea el Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, denominado “Consejo Nacional de Mujeres”, de acuerdo al siguiente texto:

“Artículo 2.- Conformación

2.1 El Consejo Nacional de Mujeres está conformado por:

a) El/La Ministro/a de la Mujer y Poblaciones Vulnerables o su representante, quien lo preside.
b) El/La Viceministro/a de la Mujer.
c) El/La Viceministro/a de Poblaciones Vulnerables.
d) El/La Director/a General de la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación.
e) El/La representante de la Red de Municipalidades Urbanas y Rurales del Perú - REMURPE.
f)  El/La representante de la Red Nacional de Alcaldesas por la Innovación - RENAI.
g) El/La representante del Centro de Desarrollo de la Mujer Negra Peruana - CEDEMUNEP.
h) El/La representante de la Asociación de Mujeres Negras Trabajadoras del Perú - AMUNETRAP.
i)  El/La representante de la Red Nacional de Mujeres Emprendedoras y Empresarias del Perú – RENAMEE PERU.
j)  El/La representante de la Red de Ollas Comunes de Lima.
k) El/La representante de la Confederación Nacional de Mujeres Organizadas por la Vida y el Desarrollo Integral - CONAMOVIDI.
l)  El/La representante de la Asociación de Alcaldesas del Perú - ADADP.
m) El/La representante de la Federación Nacional de Trabajadoras y Trabajadores del Hogar Perú - FENTTRAHOP.
n)  El/La representante de la Red Nacional de Promoción de la Mujer - RNPM. ñ) El/La representante de la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva
Peruana – AIDESEP.
o) El/La representante de Sociedad y Discapacidad - SODIS.
p) El/La representante de la Fraternidad Cristiana de Personas Enfermas y con Discapacidad - FRATER.
q) El/La representante de la Red Nacional de Mujeres Autoridades - RENAMA.”


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