Resolución Ministerial N.° 354-2023-MIMP
20 de octubre de 2023
Modificar el numeral 6.1 de la Directiva N° 001- 2023-MIMP-ODN “Organización y funcionamiento de las brigadas operativas del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables para la respuesta ante emergencias y/o desastres de Nivel 4 o 5”, de acuerdo con el detalle siguiente:
“6.1 Para el cumplimiento de sus funciones y competencias como entidad de primera respuesta, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables conforma Brigadas Operativas para intervenir inmediatamente en la protección y atención prioritaria de las mujeres y población vulnerable, las mismas que tienen en su composición a un equipo de profesionales capacitado, calificado o certificado en atención a personas en situación de vulnerabilidad que se encuentren afectadas y/o damnificadas, como consecuencia de una emergencia o desastre.”
“6.1 Para el cumplimiento de sus funciones y competencias como entidad de primera respuesta, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables conforma Brigadas Operativas para intervenir inmediatamente en la protección y atención prioritaria de las mujeres y población vulnerable, las mismas que tienen en su composición a un equipo de profesionales capacitado, calificado o certificado en atención a personas en situación de vulnerabilidad que se encuentren afectadas y/o damnificadas, como consecuencia de una emergencia o desastre.”