Resolución Ministerial N.° 298-2023-MIMP
5 de setiembre de 2023
Modificar el numeral 1.5 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 003-2023-MIMP, de acuerdo a lo siguiente:
“Artículo 1.- Delegación de facultades y atribuciones a la Secretaría General.
Delegar en el/la Secretario/a General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, las siguientes facultades y atribuciones:
(…)
1.5 En materia de Inversión pública, respecto a la Unidad Ejecutora 001:
Autorizar, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, la elaboración de expedientes técnicos o documentos equivalentes de los proyectos de inversión (PI) y de las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación, (IOARR); así como su ejecución cuando estos hayan sido declarados viables mediante fichas técnicas”.
Incorporar el numeral 2.4 al artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 003-2023-MIMP, de acuerdo a lo siguiente:
“Artículo 2: Delegación de facultades y atribuciones a la Oficina General de Administración
Delegar a el/la Director/a General de la Oficina General de Administración, respecto de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, las siguientes facultades y atribuciones:
(…)
2.4. En materia de Inversión pública, respecto a la Unidad Ejecutora 001:
Aprobar, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, los expedientes técnicos o documentos equivalentes de los
proyectos de inversión (PI) y de las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación, (IOARR)”.
“Artículo 1.- Delegación de facultades y atribuciones a la Secretaría General.
Delegar en el/la Secretario/a General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, las siguientes facultades y atribuciones:
(…)
1.5 En materia de Inversión pública, respecto a la Unidad Ejecutora 001:
Autorizar, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, la elaboración de expedientes técnicos o documentos equivalentes de los proyectos de inversión (PI) y de las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación, (IOARR); así como su ejecución cuando estos hayan sido declarados viables mediante fichas técnicas”.
Incorporar el numeral 2.4 al artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 003-2023-MIMP, de acuerdo a lo siguiente:
“Artículo 2: Delegación de facultades y atribuciones a la Oficina General de Administración
Delegar a el/la Director/a General de la Oficina General de Administración, respecto de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, las siguientes facultades y atribuciones:
(…)
2.4. En materia de Inversión pública, respecto a la Unidad Ejecutora 001:
Aprobar, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, los expedientes técnicos o documentos equivalentes de los
proyectos de inversión (PI) y de las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación, (IOARR)”.