Resolución Ministerial N.° 271-2022-MIMP
3 de octubre de 2022
Desagregación de recursos
Apruébese la desagregación de los recursos autorizada mediante el numeral 1.1 del artículo 1 del Decreto Supremo N° 220-2022-EF, hasta por la suma de S/ 4 433 400,00 (CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS Y 00/100 SOLES) a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, de acuerdo al detalle consignado en el Anexo 1 que forma parte de la presente Resolución.
Desagregación de recursos
Apruébese la desagregación de los recursos autorizada mediante el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 220-2022-EF, hasta por la suma de S/ 4 433 400,00 (CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, para financiar la continuidad operativa de los Centros de Acogida Residencial de Urgencia y los Centros de Desarrollo Integral de la Familia - CEDIF, en el marco de lo establecido en el numeral 2 de la Cuadragésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al detalle consignado en el Anexo 2 que forma parte de la presente Resolución.
Artículo
Apruébese la desagregación de los recursos autorizada mediante el numeral 1.1 del artículo 1 del Decreto Supremo N° 220-2022-EF, hasta por la suma de S/ 4 433 400,00 (CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS Y 00/100 SOLES) a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, de acuerdo al detalle consignado en el Anexo 1 que forma parte de la presente Resolución.
Desagregación de recursos
Apruébese la desagregación de los recursos autorizada mediante el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 220-2022-EF, hasta por la suma de S/ 4 433 400,00 (CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, para financiar la continuidad operativa de los Centros de Acogida Residencial de Urgencia y los Centros de Desarrollo Integral de la Familia - CEDIF, en el marco de lo establecido en el numeral 2 de la Cuadragésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al detalle consignado en el Anexo 2 que forma parte de la presente Resolución.
Artículo