Resolución Ministerial N.° 274-2021-MIMP
15 de octubre de 2021
Modificar el numeral 2.1 del Artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 099-2016-MIMP que conforma el Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Trabajo para promover los derechos de lesbianas”, el cual queda redactado con el siguiente texto:
“Artículo 2.- Integrantes
2.1 La Mesa de Trabajo está integrada por:
a) El/La Director/a General de la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, quien la presidirá.
b) El/La representante de la Asociación Civil Lesbianas Independientes Feministas Socialistas – LIFS.
c) El/La representante de la organización Articulación de Lesbianas Feministas de Lima - ALFL.
d) El/La representante de la Asociación Grupo de Mujeres Diversas – GMD.
e) El/La representante del colectivo Uniones Perú.
f) El/La representante de la organización Colectiva Trece Brujas.
g) El/La representante de la organización Red Peruana TLGB.
h) El/La representante de la Asociación Civil Más Igualdad Perú.
i) El/La representante de la Asociación Dignidades. Derecho y Educación en Sexualidad para el Desarrollo. 2.2 Los/Las integrantes de la Comisión podrán contar con un/a representante alterno/a. 2.3 La participación de los/las representantes designados/as ante la Comisión es ad honorem”
“Artículo 2.- Integrantes
2.1 La Mesa de Trabajo está integrada por:
a) El/La Director/a General de la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, quien la presidirá.
b) El/La representante de la Asociación Civil Lesbianas Independientes Feministas Socialistas – LIFS.
c) El/La representante de la organización Articulación de Lesbianas Feministas de Lima - ALFL.
d) El/La representante de la Asociación Grupo de Mujeres Diversas – GMD.
e) El/La representante del colectivo Uniones Perú.
f) El/La representante de la organización Colectiva Trece Brujas.
g) El/La representante de la organización Red Peruana TLGB.
h) El/La representante de la Asociación Civil Más Igualdad Perú.
i) El/La representante de la Asociación Dignidades. Derecho y Educación en Sexualidad para el Desarrollo. 2.2 Los/Las integrantes de la Comisión podrán contar con un/a representante alterno/a. 2.3 La participación de los/las representantes designados/as ante la Comisión es ad honorem”