Resolución Ministerial N.° 134-2021-MIMP
10 de mayo de 2021
Modificar los sub numerales 1.2.3 y 1.2.4 del numeral 1.2 del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 337-2020-MIMP, modificada por Resolución Ministerial Nº 019-2021-MIMP, en los siguientes términos:
“Artículo 1.- Delegación de facultades y atribuciones a la Secretaría General
Delegar en el/la Secretario/a General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, las siguientes facultades y atribuciones:
(…)
1.2 En materia administrativa y de gestión:
(…)
1.2.3 Suscribir la documentación concerniente al proceso para la contratación de consultores del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a través del Fondo de Apoyo Gerencial - FAG, tales como términos de referencia, contrato de locación de servicios, adendas y todo lo que se encuentre indicado en el Decreto Ley Nº 25650, así como en la Directiva Nº 004-2021-EF/43.01, denominada “Lineamientos para la administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, en el marco del Decreto Ley Nº 25650”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 118-2021-EF/43.
1.2.4 Suscribir y remitir la solicitud de pago de honorarios del personal altamente calificado - PAC, así como de informar a la Unidad Transitoria de Pago – UTP del MEF si el referido personal deja de prestar servicios en el Sector, antes del vencimiento de su contrato, dentro de un plazo máximo de cinco (5) días hábiles posteriores de hacerse efectiva la extinción del vínculo contractual, en el marco de la Ley Nº 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente calificado en el Sector Público y dicta otras disposiciones, modificado por la Ley Nº 30661 y el Decreto Legislativo Nº 1337; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2012-EF y modificatorias, y la Directiva Nº 003-2021-EF/43.01, denominada “Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, en el marco de la Ley Nº 29806”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 109-2021-EF/43.”
Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución a los/las funcionarios/as y servidores/as públicos/as a quienes han sido delegadas facultades y atribuciones mediante la Resolución Ministerial Nº 337-2020-MIMP y modificatoria.