Reseña histórica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

Informe

1 de julio de 2011

Reseña histórica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) adopta esta denominación a partir del Decreto Legislativo Nº 1098 publicado el 20 de enero de 2012 en el diario oficial El Peruano, con el que se aprueba la Ley de Organización y Funciones que lo regirá a partir de ese momento; la que establece que será el ente rector de las políticas nacionales y sectoriales sobre derechos de las mujeres, así como de la prevención, protección y atención contra la violencia hacia las mujeres. Promoción y fortalecimiento de la transversalización del enfoque de género, políticas, planes, programas y proyectos del Estado, en las instituciones públicas y privadas. Asimismo, el MIMP tiene como mandato la promoción y protección de las poblaciones vulnerables siendo éstos grupos de personas que sufren discriminación o situaciones de desprotección, tales como los niños, niñas y adolescentes, personas adultas mayores, personas con discapacidad, desplazados y migrantes internos.

En la medida que las funciones generales del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), significan un cambio en relación a las funciones que tuvo hasta la aprobación del Decreto Legislativo Nº 1098, específicamente las competencias y atribuciones relativas al desarrollo social y lucha contra la pobreza, que pasaron a ser funciones del nuevo Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), era necesario aprobar un nuevo Reglamento de Organización y Funciones para el MIMP, el cual contemplará también el hecho que las funciones en materia de familia, niños, niñas y adolescentes, adopciones, desplazados y cultura de paz, ya no serían competencia del Viceministerio de la Mujer (VMM), sino del Viceministerio de Poblaciones Vulnerables (VMPV), el que además contemplara también las funciones relativas a las personas adultas mayores y personas con discapacidad. Dejando para el Viceministerio de la Mujer (VMM) la funciones respecto a la protección y promoción de los derechos de las mujeres, prevención y protección contra la violencia hacia la mujer, promoción del desarrollo integral e igualdad de oportunidades para las mujeres e incorporación de las perspectiva de género como eje transversal en las políticas, planes, programas y proyectos del Estado.

Antes, la denominación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), era Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MIMDES), según la Ley Orgánica Nº 27779 publicada el 11 de Julio del 2002 en el Diario Oficial El Peruano, que establecía que debía diseñar, proponer y ejecutar la política de desarrollo social y humano promoviendo la equidad de género y la igualdad de oportunidades para la mujer, la niñez, la tercera edad y las poblaciones en situación de pobreza y pobreza extrema, discriminadas y excluidas.

Hasta antes de promulgada la mencionada Ley, su denominación era Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano (PROMUDEH), creado el 29 de octubre de 1996 mediante Decreto Legislativo 866, teniendo como finalidad el desarrollo de la mujer y la familia, bajo el principio de igualdad de oportunidades, promoviendo actividades que favorezcan el desarrollo humano, atendiendo de manera prioritaria a los menores en riesgo.

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Esta publicación pertenece al compendio Datos Generales Transparencia MIMP

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