Conoce los alcances del Decreto Legislativo 1597 que fortalece la gestión migratoria

Nota de prensa
Modificatorias otorgan facultades a Migraciones en materia de regularización, sanciones al transporte internacional por infracciones y promueve la interoperabilidad
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23 de diciembre de 2023 - 10:50 a. m.

El Poder Ejecutivo promulgó recientemente una serie de modificatorias a la Ley de Migraciones que fortalecen las facultades de la Superintendencia Nacional de Migraciones en materia de regularización, sanciones al transporte internacional por infracciones migratorias, y facilita la interoperabilidad en pro de la seguridad nacional y el orden interno. 
 
Estas medidas están contenidas en el Decreto Legislativo 1597, publicado el pasado fin de semana, en las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
 
El citado decreto establece que el Estado efectuará los procesos de regularización migratoria de las personas extranjeros a través de disposiciones que dicte Migraciones.
 
La modificatoria también posibilita a la institución a sancionar con multas a las empresas de transportes internacionales terrestres, aéreas, fluviales y marítimas que trasladen a pasajeros y/o tripulantes que no cuenten con las exigencias necesarias para su ingreso y/o salida del Perú. 
 
Es decir, los respectivos visados u otros documentos como el pasaporte vigente en caso sean exigidos en los puestos de control fronterizo o migratorio. 
 
Dicha sanción también se aplicará cuando las empresas de transportes no reembarquen, bajo responsabilidad y propio costo, a los pasajeros o tripulantes inadmitidos o con impedimentos de ingreso al Perú.
 
En esa línea, las empresas de transportes están obligadas a comunicar a Migraciones sobre la información de la tripulación a bordo y, además, deben brindar facilidades necesarias para la labor de los servidores, como el acceso a las unidades de transportes destinada a las acciones de verificación y fiscalización.
 
Por otro lado, el mencionado decreto también permite la gratuidad en la interoperabilidad, es decir, todas las entidades públicas y privadas están obligadas a permitir a Migraciones el acceso gratuito a su base de datos para cumplir con sus funciones de fortalecer la seguridad nacional, el orden interno y facilitar la movilidad.
 
Esta medida se realizará dentro de los límites establecidos en la Ley de Protección de Datos Personales. 
 
En el caso de entidades y empresas públicas, dicha información se publica, consume o utiliza a través de la Plataforma Nacional de Interoperabilidad (PIDE) o, en su defecto, a través de otros medios dispuestos para dicho fin; incurriendo en responsabilidad por incumplimiento.
 
Luego de publicadas estas modificaciones a la Ley de Migraciones, se procederá a su próxima reglamentación.

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