Comunicado N° 014 - 2023: Sobre el procedimiento de recuperación de nacionalidad

Comunicado
COMUNICADO N.°14-2023
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27 de octubre de 2023 - 2:33 p. m.

La Superintendencia Nacional de Migraciones precisa que el procedimiento de recuperación de la nacionalidad peruana no incluye como requisito exigible acreditar por lo menos un año de domicilio interrumpido en el Perú.

El nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) publicado el último domingo 22 de octubre, no lo establece como requisito o condición, de conformidad con la Ley 31295, que modifica la Ley de Nacionalidad.

La referencia a la acreditación de un año de domicilio, incluida en la descripción del procedimiento en el TUPA, y no en los requisitos o condiciones, será rectificada próximamente.

Lima, 27 de octubre de 2023

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