Resolución Jefatural N.° 000190-2025-OAF-MIGRACIONES
29 de octubre de 2025
Artículo 1°. - Aprobar la baja patrimonial y contable de cuarenta y dos (42) bienes muebles patrimoniales de los registros de la Superintendencia Nacional de Migraciones, por la causal de “falta de idoneidad del bien”, con un valor neto de diecinueve mil quinientos setenta con 03/100 soles (S/ 19,570.03), cuya descripción y características se detallan en el Anexo N.° 01, que forma parte integrante de la presente Resolución. 
Artículo 2°.- Aprobar la disposición final en la modalidad de donación de cuarenta y cuatro (44) bienes muebles patrimoniales, de los cuales cuarenta y dos (42) corresponden a activos fijos registrados en el SIGA – Módulo Patrimonio, y dos (02) han sido clasificados como sobrantes, a favor de la Asociación sin fines de lucro “Emaús Traperos de San Antonio de Carabayllo”, cuya descripción y características se detallan en los Anexos N.° 01 y N.° 02, que forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°. - Disponer que la Unidad de Control Patrimonial y la Unidad de Contabilidad y Tesorería de la Oficina de Administración y Finanzas procedan con la cancelación de la anotación en el registro contable patrimonial de los bienes identificados en el Anexo N.° 01, que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 4°. - Remitir copia de la presente resolución a la Asociación sin fines de lucro “Emaús Traperos de San Antonio de Carabayllo” precisando que la entidad beneficiaria, será responsable del buen uso y manejo de los bienes obtenidos, mediante la presente Resolución.
Artículo 5°. - Encargar a la Unidad de Control Patrimonial realizar las gestiones correspondientes dentro del ámbito de sus competencias, para concretar la donación de los bienes muebles patrimoniales detallados en los Anexos N.° 01 y 02 de la presente Resolución, conforme a las disposiciones legales vigentes. Artículo 6°.- Encargar a la Unidad de Imagen y Comunicación, la publicación de la presente resolución y anexos en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones (www.migraciones.gob.pe).
Artículo 7°.- Remitir copia de la presente Resolución al Órgano de Control Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones dentro de los (10) días hábiles de su emisión, en cumplimiento del Oficio N° 0072-2021-OCI/MIGRACIONES y el Memorando Múltiple N° 00133-2021-GG/MIGRACIONES.
Artículo 2°.- Aprobar la disposición final en la modalidad de donación de cuarenta y cuatro (44) bienes muebles patrimoniales, de los cuales cuarenta y dos (42) corresponden a activos fijos registrados en el SIGA – Módulo Patrimonio, y dos (02) han sido clasificados como sobrantes, a favor de la Asociación sin fines de lucro “Emaús Traperos de San Antonio de Carabayllo”, cuya descripción y características se detallan en los Anexos N.° 01 y N.° 02, que forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°. - Disponer que la Unidad de Control Patrimonial y la Unidad de Contabilidad y Tesorería de la Oficina de Administración y Finanzas procedan con la cancelación de la anotación en el registro contable patrimonial de los bienes identificados en el Anexo N.° 01, que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 4°. - Remitir copia de la presente resolución a la Asociación sin fines de lucro “Emaús Traperos de San Antonio de Carabayllo” precisando que la entidad beneficiaria, será responsable del buen uso y manejo de los bienes obtenidos, mediante la presente Resolución.
Artículo 5°. - Encargar a la Unidad de Control Patrimonial realizar las gestiones correspondientes dentro del ámbito de sus competencias, para concretar la donación de los bienes muebles patrimoniales detallados en los Anexos N.° 01 y 02 de la presente Resolución, conforme a las disposiciones legales vigentes. Artículo 6°.- Encargar a la Unidad de Imagen y Comunicación, la publicación de la presente resolución y anexos en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones (www.migraciones.gob.pe).
Artículo 7°.- Remitir copia de la presente Resolución al Órgano de Control Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones dentro de los (10) días hábiles de su emisión, en cumplimiento del Oficio N° 0072-2021-OCI/MIGRACIONES y el Memorando Múltiple N° 00133-2021-GG/MIGRACIONES.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Oficina de Administración y Finanzas 2025


