Resolución Jefatural N.° 000161-2025-OAF-MIGRACIONES
Resolución Jefatural N.° 000161-2025-OAF-MIGRACIONES
29 de agosto de 2025
SE RESUELVE:
Artículo 1°.-. Aprobar la baja de dos (02) Acumuladores de Energía – Equipos de UPS de los registros patrimonial y contable de la Superintendencia Nacional de Migraciones, por la causal de “Ejecución de garantía”, por un valor neto de dos mil doscientos con 00/100 soles (S/.2,200.00), cuyas características se detallan en el Anexo N° 01, que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.-. Aprobar el alta de dos (02) Acumuladores de Energía – Equipos de UPS en los registros patrimonial y contable de la Superintendencia Nacional de Migraciones, por la causal de “Reposición”, por un valor de adquisición de tres mil trescientos con 00/100 soles (S/.3,300.00), cuya descripción y características se encuentran detalladas en el Anexo N.º 01 que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.-. Remitir copia de la presente Resolución y el Anexo N.º 01, a la Unidad de Control Patrimonial y a la Unidad de Contabilidad y Tesorería de la Oficina de Administración y Finanzas, a fin de que procedan con la cancelación de la anotación patrimonial contable de dos (02) Acumuladores de Energía – Equipos de UPS, conforme a lo detallado en el referido Anexo, que forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural.
Artículo 4°.-. Remitir copia de la presente Resolución y el Anexo N.º 01 al Almacén Central de la Unidad de Abastecimiento, a fin de que proceda con el registro correspondiente y la emisión de la NEA, conforme a lo detallado en el referido Anexo, que forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural.
Artículo 5°.-. Remitir copia de la presente Resolución al Órgano de Control Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones dentro de los (10) días hábiles de su emisión, en cumplimiento del Oficio N° 0072-2021- OCI/MIGRACIONES y el Memorando Múltiple N° 00133-2021- GG/MIGRACIONES.
Artículo 6°.-. Disponer que la Unidad de Imagen y Comunicación efectúe la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES (www.gob.pe/migraciones) y en el Portal de Transparencia Estándar.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Artículo 1°.-. Aprobar la baja de dos (02) Acumuladores de Energía – Equipos de UPS de los registros patrimonial y contable de la Superintendencia Nacional de Migraciones, por la causal de “Ejecución de garantía”, por un valor neto de dos mil doscientos con 00/100 soles (S/.2,200.00), cuyas características se detallan en el Anexo N° 01, que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.-. Aprobar el alta de dos (02) Acumuladores de Energía – Equipos de UPS en los registros patrimonial y contable de la Superintendencia Nacional de Migraciones, por la causal de “Reposición”, por un valor de adquisición de tres mil trescientos con 00/100 soles (S/.3,300.00), cuya descripción y características se encuentran detalladas en el Anexo N.º 01 que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.-. Remitir copia de la presente Resolución y el Anexo N.º 01, a la Unidad de Control Patrimonial y a la Unidad de Contabilidad y Tesorería de la Oficina de Administración y Finanzas, a fin de que procedan con la cancelación de la anotación patrimonial contable de dos (02) Acumuladores de Energía – Equipos de UPS, conforme a lo detallado en el referido Anexo, que forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural.
Artículo 4°.-. Remitir copia de la presente Resolución y el Anexo N.º 01 al Almacén Central de la Unidad de Abastecimiento, a fin de que proceda con el registro correspondiente y la emisión de la NEA, conforme a lo detallado en el referido Anexo, que forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural.
Artículo 5°.-. Remitir copia de la presente Resolución al Órgano de Control Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones dentro de los (10) días hábiles de su emisión, en cumplimiento del Oficio N° 0072-2021- OCI/MIGRACIONES y el Memorando Múltiple N° 00133-2021- GG/MIGRACIONES.
Artículo 6°.-. Disponer que la Unidad de Imagen y Comunicación efectúe la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES (www.gob.pe/migraciones) y en el Portal de Transparencia Estándar.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Oficina de Administración y Finanzas 2025

