Resolución Jefatural N.° 000127-2025-OAF-MIGRACIONES
Resolución Jefatural N.° 000127-2025-OAF-MIGRACIONES
26 de junio de 2025
SE RESUELVE:
Artículo 1°. - Aprobar la baja de treinta y tres (33) bienes muebles patrimoniales de los registros patrimonial y contable de la Superintendencia Nacional de Migraciones, por la causal de “Falta de idoneidad del bien”, con un valor neto de Ocho mil cuatrocientos treinta y cuatro con 73/100 soles (S/ 8,434.73), cuya descripción y características se encuentran detalladas en el Anexo N° 01 que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Aprobar la Disposición final en la modalidad de “Donación” de treinta y tres (33) bienes muebles patrimoniales y de (13) bienes muebles clasificados como sobrantes a favor de la Asociación sin fines de lucro “Traperos de Emaús Cristo de la Caridad”, cuya descripción y características se encuentran detalladas en el Anexo N° 01 y 02, que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°. - Remitir a la Jefatura Zonal de Arequipa y a la Unidad de Control Patrimonial realizar las gestiones correspondientes dentro del ámbito de sus competencias, para concretar la donación de los bienes muebles patrimoniales detallados en los Anexos N° 01 y 02 de la presente Resolución, conforme a las disposiciones legales vigentes.
Artículo 4°.- Remitir copia de la presente resolución a la Asociación sin fines de lucro “Traperos de Emaús Cristo de la Caridad” precisando que la entidad beneficiaria, será responsable del buen uso y manejo de los bienes obtenidos, mediante la presente Resolución.
Artículo 5°.- Disponer que la Unidad de Control Patrimonial y la Unidad de Contabilidad y Tesorería de la Oficina de Administración y Finanzas procedan con la cancelación de la anotación en el registro contable patrimonial de los bienes identificados en el Anexo N.° 01, que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 6°.- Encargar a la Unidad de Imagen y Comunicación, la publicación de la presente resolución y anexos en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones (www.migraciones.gob.pe).
Artículo 7°.- Remitir copia de la presente Resolución al Órgano de Control Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones dentro de los (10) días hábiles de su emisión, en cumplimiento del Oficio N° 0072-2021-OCI/MIGRACIONES y el Memorando Múltiple N° 00133-2021-GG/MIGRACIONES.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Artículo 1°. - Aprobar la baja de treinta y tres (33) bienes muebles patrimoniales de los registros patrimonial y contable de la Superintendencia Nacional de Migraciones, por la causal de “Falta de idoneidad del bien”, con un valor neto de Ocho mil cuatrocientos treinta y cuatro con 73/100 soles (S/ 8,434.73), cuya descripción y características se encuentran detalladas en el Anexo N° 01 que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Aprobar la Disposición final en la modalidad de “Donación” de treinta y tres (33) bienes muebles patrimoniales y de (13) bienes muebles clasificados como sobrantes a favor de la Asociación sin fines de lucro “Traperos de Emaús Cristo de la Caridad”, cuya descripción y características se encuentran detalladas en el Anexo N° 01 y 02, que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°. - Remitir a la Jefatura Zonal de Arequipa y a la Unidad de Control Patrimonial realizar las gestiones correspondientes dentro del ámbito de sus competencias, para concretar la donación de los bienes muebles patrimoniales detallados en los Anexos N° 01 y 02 de la presente Resolución, conforme a las disposiciones legales vigentes.
Artículo 4°.- Remitir copia de la presente resolución a la Asociación sin fines de lucro “Traperos de Emaús Cristo de la Caridad” precisando que la entidad beneficiaria, será responsable del buen uso y manejo de los bienes obtenidos, mediante la presente Resolución.
Artículo 5°.- Disponer que la Unidad de Control Patrimonial y la Unidad de Contabilidad y Tesorería de la Oficina de Administración y Finanzas procedan con la cancelación de la anotación en el registro contable patrimonial de los bienes identificados en el Anexo N.° 01, que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 6°.- Encargar a la Unidad de Imagen y Comunicación, la publicación de la presente resolución y anexos en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones (www.migraciones.gob.pe).
Artículo 7°.- Remitir copia de la presente Resolución al Órgano de Control Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones dentro de los (10) días hábiles de su emisión, en cumplimiento del Oficio N° 0072-2021-OCI/MIGRACIONES y el Memorando Múltiple N° 00133-2021-GG/MIGRACIONES.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Oficina de Administración y Finanzas 2025