Resolución Jefatural N.° 000114-2025-OAF-MIGRACIONES
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000114-2025-OAF-MIGRACIONES
30 de mayo de 2025
SE RESUELVE:
Artículo 1°. - APROBAR la contratación de prestaciones adicionales al Contrato N°025-2024-MIGRACIONES-OAF, “Servicio de Conectividad y Acceso a Internet para la Superintendencia Nacional de Migraciones”, por el monto total 2 235 259.46 (dos millones doscientos treinta y cinco mil doscientos cincuenta y nueve y 46/100 Soles) equivalente al 12.80% del monto del contrato original.
Artículo 2°.- ENCARGAR a la Unidad de Abastecimiento que la presente resolución sea notificada a la empresa VIETTEL PERU SAC para efecto de la presentación de la documentación necesaria, incluyendo la ampliación de las garantías otorgadas, para la suscripción de la adenda respectiva, de ser el caso, y proceda con su registro en el SEACE conforme a Ley.
Artículo 3°.- DISPONER que la presente Resolución sea publicada por la Unidad de Abastecimiento en el SEACE en un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes a su emisión, así como los informes que la sustentan.
Artículo 4°.- DISPONER que la presente Resolución sea publicada por la Unidad de Imagen y Comunicación en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones (www.gob.pe/migraciones) y en el portal de Transparencia Estándar.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Artículo 1°. - APROBAR la contratación de prestaciones adicionales al Contrato N°025-2024-MIGRACIONES-OAF, “Servicio de Conectividad y Acceso a Internet para la Superintendencia Nacional de Migraciones”, por el monto total 2 235 259.46 (dos millones doscientos treinta y cinco mil doscientos cincuenta y nueve y 46/100 Soles) equivalente al 12.80% del monto del contrato original.
Artículo 2°.- ENCARGAR a la Unidad de Abastecimiento que la presente resolución sea notificada a la empresa VIETTEL PERU SAC para efecto de la presentación de la documentación necesaria, incluyendo la ampliación de las garantías otorgadas, para la suscripción de la adenda respectiva, de ser el caso, y proceda con su registro en el SEACE conforme a Ley.
Artículo 3°.- DISPONER que la presente Resolución sea publicada por la Unidad de Abastecimiento en el SEACE en un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes a su emisión, así como los informes que la sustentan.
Artículo 4°.- DISPONER que la presente Resolución sea publicada por la Unidad de Imagen y Comunicación en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones (www.gob.pe/migraciones) y en el portal de Transparencia Estándar.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Oficina de Administración y Finanzas 2025