Resolución Jefatural N.° 000307-2023-OAF-MIGRACIONES
RESOLUCION JEFATURAL N° 000307-2023-OAF-MIGRACIONES
28 de diciembre de 2023
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar la Destrucción de los Veintiséis (26) bienes muebles dados de baja mediante Resolución Jefatural Nº 000141-2023-OAFMIGRACIONES, por la causal de Falta de idoneidad del bien y los Nueve (09) bienes muebles “Mobiliarios” en condición de Sobrante, cuyas características principales se detallan en el Anexo N° 01 y Nº 02 del presente documento jefatural.
Artículo 2°.- Disponer que la Unidad de Control Patrimonial en coordinación con la Agencia de Atención al Cliente Ilo y la Jefatura zonal de Tacna lleven a cabo el proceso de destrucción de los bienes muebles, debiendo al final del mismo suscribir el Acta correspondiente, así como efectuar las tomas fotográficas antes y después del evento, donde se deje constancia de lo ocurrido y coordinar con la Municipalidad Distrital de su jurisdicción, la recolección de los bienes destruidos para ser trasladados al Centro de Acopio Municipal para su eliminación.
Artículo 3°.-. Establecer como el día de ejecución del acto destrucción de bienes muebles autorizado para el día Jueves 05 de enero del 2024, a las 12:00 Hrs, en las afueras de la sede de la Agencia de atención al cliente Ilo de la Jefatura Zonal de Tacna de la Superintendencia Nacional de Migraciones, situado en la Urbanización ENAPU-PERU MZ. B S/N, distrito y provincia de Ilo departamento de Moquegua.
Artículo 4°.- Remitir una copia de la presente Resolución y sus Anexos correspondientes a la Agencia de atención al cliente Ilo y la Jefatura zonal de Tacna de la Superintendencia Nacional de Migraciones.
Artículo 5°. - Remitir copia de la presente Resolución al Órgano de Control Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones, en cumplimiento del Oficio N° 0072-2021-OCI/MIGRACIONES y el Memorando Múltiple N° 00133-2021-GG/MIGRACIONES, invitándola a participar en calidad de veedor en el acto de disposición final autorizado.
Artículo 6°. - Encargar a la Unidad de Imagen y Comunicación, la publicación de la presente resolución en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones (www.migraciones.gob.pe), dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles de su emisión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Artículo 1°.- Aprobar la Destrucción de los Veintiséis (26) bienes muebles dados de baja mediante Resolución Jefatural Nº 000141-2023-OAFMIGRACIONES, por la causal de Falta de idoneidad del bien y los Nueve (09) bienes muebles “Mobiliarios” en condición de Sobrante, cuyas características principales se detallan en el Anexo N° 01 y Nº 02 del presente documento jefatural.
Artículo 2°.- Disponer que la Unidad de Control Patrimonial en coordinación con la Agencia de Atención al Cliente Ilo y la Jefatura zonal de Tacna lleven a cabo el proceso de destrucción de los bienes muebles, debiendo al final del mismo suscribir el Acta correspondiente, así como efectuar las tomas fotográficas antes y después del evento, donde se deje constancia de lo ocurrido y coordinar con la Municipalidad Distrital de su jurisdicción, la recolección de los bienes destruidos para ser trasladados al Centro de Acopio Municipal para su eliminación.
Artículo 3°.-. Establecer como el día de ejecución del acto destrucción de bienes muebles autorizado para el día Jueves 05 de enero del 2024, a las 12:00 Hrs, en las afueras de la sede de la Agencia de atención al cliente Ilo de la Jefatura Zonal de Tacna de la Superintendencia Nacional de Migraciones, situado en la Urbanización ENAPU-PERU MZ. B S/N, distrito y provincia de Ilo departamento de Moquegua.
Artículo 4°.- Remitir una copia de la presente Resolución y sus Anexos correspondientes a la Agencia de atención al cliente Ilo y la Jefatura zonal de Tacna de la Superintendencia Nacional de Migraciones.
Artículo 5°. - Remitir copia de la presente Resolución al Órgano de Control Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones, en cumplimiento del Oficio N° 0072-2021-OCI/MIGRACIONES y el Memorando Múltiple N° 00133-2021-GG/MIGRACIONES, invitándola a participar en calidad de veedor en el acto de disposición final autorizado.
Artículo 6°. - Encargar a la Unidad de Imagen y Comunicación, la publicación de la presente resolución en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones (www.migraciones.gob.pe), dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles de su emisión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Oficina de Administración y Finanzas 2023