Resolución Jefatural N.° 000068-2025-OAF-MIGRACIONES
RESOLUCION JEFATURAL N° 000068-2025-OAF-MIGRACIONES
26 de marzo de 2025
SE RESUELVE:
Artículo 1°. - APROBAR la contratación de prestaciones adicionales al Contrato N°007-2023-MIGRACIONES-OAF, “Servicio de soporte técnico y mantenimiento del sistema integral de emisión de pasaportes electrónicos”, por el monto total 1 095 040,00 (un millón noventa y cinco mil cuarenta y 00/100 Soles) equivalente aproximadamente al 1,9% del monto del contrato original.
Artículo 2°.- ENCARGAR a la Unidad de Abastecimiento que la presente resolución sea notificada a la empresa THALES DIS MEXICO S.A. DE C.V. SUCURSAL DEL PERU para efecto de la presentación de la documentación necesaria, incluyendo la ampliación de las garantías otorgadas, para la suscripción de la adenda respectiva, de ser el caso, y proceda con su registro en el SEACE conforme a Ley.
Artículo 3°.- DISPONER que la presente Resolución sea publicada por la Unidad de Abastecimiento en el SEACE en un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes a su emisión, así como los informes que la sustentan.
Artículo 4°.- DISPONER que la presente Resolución sea publicada por la Unidad de Imagen y Comunicación en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones (www.gob.pe/migraciones) y en el portal de Transparencia Estándar.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Artículo 1°. - APROBAR la contratación de prestaciones adicionales al Contrato N°007-2023-MIGRACIONES-OAF, “Servicio de soporte técnico y mantenimiento del sistema integral de emisión de pasaportes electrónicos”, por el monto total 1 095 040,00 (un millón noventa y cinco mil cuarenta y 00/100 Soles) equivalente aproximadamente al 1,9% del monto del contrato original.
Artículo 2°.- ENCARGAR a la Unidad de Abastecimiento que la presente resolución sea notificada a la empresa THALES DIS MEXICO S.A. DE C.V. SUCURSAL DEL PERU para efecto de la presentación de la documentación necesaria, incluyendo la ampliación de las garantías otorgadas, para la suscripción de la adenda respectiva, de ser el caso, y proceda con su registro en el SEACE conforme a Ley.
Artículo 3°.- DISPONER que la presente Resolución sea publicada por la Unidad de Abastecimiento en el SEACE en un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes a su emisión, así como los informes que la sustentan.
Artículo 4°.- DISPONER que la presente Resolución sea publicada por la Unidad de Imagen y Comunicación en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones (www.gob.pe/migraciones) y en el portal de Transparencia Estándar.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Oficina de Administración y Finanzas 2025