Resolución Jefatural N.° 000030-2025-OAF-MIGRACIONES
RESOLUCION JEFATURAL N° 000030-2025-OAF-MIGRACIONES
11 de febrero de 2025
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar la “Baja” de ciento quince (115) bienes muebles patrimoniales de los registros patrimonial y contable de la Superintendencia Nacional de Migraciones, por la causal de “Falta de idoneidad del bien”, por un valor neto de cincuenta y cuatro mil doscientos treinta y uno con 77/100 soles (S/ 54,231.77), cuya descripción y características se encuentran detalladas en el Anexo N° 01 que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Aprobar la Disposición en la modalidad de “Donación” de ciento sesenta y tres (163) bienes muebles patrimoniales a favor de la Asociación sin fines de lucro “Emaús reciclando tarea de todos”, cuya descripción y características se encuentran detalladas en el Anexo N° 01, Anexo N° 02 y Anexo 03, que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Remitir una copia de la presente Resolución y sus Anexos correspondientes a la Unidad de Control Patrimonial y a la Unidad de Contabilidad y Tesorería de la Oficina de Administración y Finanzas, para que procedan con la cancelación de la anotación en el registro contable patrimonial de los ciento quince (115) bienes muebles patrimoniales, descritos e identificados en el Anexo Nº 01, que forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural.
Artículo 4°.- Encargar a la Unidad de Control Patrimonial de realizar todos los trámites necesarios para concretar la donación de los bienes muebles patrimoniales detallados en el Anexo N° 01, Anexo N° 02 y Anexo 03 de la presente Resolución, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.
Artículo 5°. - Encargar a la Asociación sin fines de lucro “Emaús reciclando tarea de todos”, que un (01) unidad vehicular, no pueden ser materia de inscripción registral, en vista que se encuentran con baja de circulación y su estado de conservación es inoperativo.
Artículo 6°.- Precisar que la entidad beneficiaria, será responsable del buen uso y manejo de los bienes obtenidos, mediante la presente Resolución.
Artículo 7°.- Remitir copia de la presente Resolución al Órgano de Control Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones dentro de los (10) días hábiles de su emisión, en cumplimiento del Oficio N° 0072-2021- OCI/MIGRACIONES y el Memorando Múltiple N° 00133-2021- GG/MIGRACIONES.
Regístrese y comuníquese y publíquese.
Artículo 1°.- Aprobar la “Baja” de ciento quince (115) bienes muebles patrimoniales de los registros patrimonial y contable de la Superintendencia Nacional de Migraciones, por la causal de “Falta de idoneidad del bien”, por un valor neto de cincuenta y cuatro mil doscientos treinta y uno con 77/100 soles (S/ 54,231.77), cuya descripción y características se encuentran detalladas en el Anexo N° 01 que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Aprobar la Disposición en la modalidad de “Donación” de ciento sesenta y tres (163) bienes muebles patrimoniales a favor de la Asociación sin fines de lucro “Emaús reciclando tarea de todos”, cuya descripción y características se encuentran detalladas en el Anexo N° 01, Anexo N° 02 y Anexo 03, que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Remitir una copia de la presente Resolución y sus Anexos correspondientes a la Unidad de Control Patrimonial y a la Unidad de Contabilidad y Tesorería de la Oficina de Administración y Finanzas, para que procedan con la cancelación de la anotación en el registro contable patrimonial de los ciento quince (115) bienes muebles patrimoniales, descritos e identificados en el Anexo Nº 01, que forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural.
Artículo 4°.- Encargar a la Unidad de Control Patrimonial de realizar todos los trámites necesarios para concretar la donación de los bienes muebles patrimoniales detallados en el Anexo N° 01, Anexo N° 02 y Anexo 03 de la presente Resolución, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.
Artículo 5°. - Encargar a la Asociación sin fines de lucro “Emaús reciclando tarea de todos”, que un (01) unidad vehicular, no pueden ser materia de inscripción registral, en vista que se encuentran con baja de circulación y su estado de conservación es inoperativo.
Artículo 6°.- Precisar que la entidad beneficiaria, será responsable del buen uso y manejo de los bienes obtenidos, mediante la presente Resolución.
Artículo 7°.- Remitir copia de la presente Resolución al Órgano de Control Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones dentro de los (10) días hábiles de su emisión, en cumplimiento del Oficio N° 0072-2021- OCI/MIGRACIONES y el Memorando Múltiple N° 00133-2021- GG/MIGRACIONES.
Regístrese y comuníquese y publíquese.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Oficina de Administración y Finanzas 2025