Resolución Jefatural N.° 000157-2023-ORH-MIGRACIONES
19 de junio de 2023
SE RESUELVE:
Artículo 1.- INSTAURAR PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO a servidora Arabella Reategui Diaz de acuerdo a los fundamentos expuestos en la presente Resolución.
Artículo 2.- DISPONER que de acuerdo a los hechos expuestos y a la presunta comisión de la falta administrativa prevista en el literal d) del artículo 85° de la Ley N° 30057, al citado servidor se le podría imponer la sanción de SUSPENSIÓN SIN GOCE DE REMUNERACIONES.
Artículo 3.- OTORGAR a la servidora investigada el plazo de cinco (5) cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la notificación de la presente Resolución, para que presente sus descargos con los fundamentos de hecho y de derecho que considere pertinentes, dirigido al órgano instructor conforme a lo dispuesto en el artículo 111° del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil.
Artículo 4.- INFORMAR que la servidora investigada tiene derecho a acceder a los antecedentes que dieron origen a la imputación, y los otros derechos precisados en el artículo 96° del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil.
Artículo 5.- NOTIFICAR la presente Resolución a la servidora investigada a través de la Secretaría Técnica de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios, en su condición de apoyo a las autoridades del PAD, debiendo remitirse todos los antecedentes y documentarios que dieron lugar al inicio del presente PAD, de conformidad con el régimen de notificaciones dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Artículo 1.- INSTAURAR PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO a servidora Arabella Reategui Diaz de acuerdo a los fundamentos expuestos en la presente Resolución.
Artículo 2.- DISPONER que de acuerdo a los hechos expuestos y a la presunta comisión de la falta administrativa prevista en el literal d) del artículo 85° de la Ley N° 30057, al citado servidor se le podría imponer la sanción de SUSPENSIÓN SIN GOCE DE REMUNERACIONES.
Artículo 3.- OTORGAR a la servidora investigada el plazo de cinco (5) cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la notificación de la presente Resolución, para que presente sus descargos con los fundamentos de hecho y de derecho que considere pertinentes, dirigido al órgano instructor conforme a lo dispuesto en el artículo 111° del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil.
Artículo 4.- INFORMAR que la servidora investigada tiene derecho a acceder a los antecedentes que dieron origen a la imputación, y los otros derechos precisados en el artículo 96° del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil.
Artículo 5.- NOTIFICAR la presente Resolución a la servidora investigada a través de la Secretaría Técnica de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios, en su condición de apoyo a las autoridades del PAD, debiendo remitirse todos los antecedentes y documentarios que dieron lugar al inicio del presente PAD, de conformidad con el régimen de notificaciones dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Oficina de Recursos Humanos 2023