Resolución Jefatural N.° 000021-2024-ORH-MIGRACIONES
17 de enero de 2024
SE RESUELVE: Artículo 1.- IMPONER la sanción de SUSPENSIÓN SIN GOCE DE REMUNERACIONES POR UN (01) DIA a la servidora Jeannie Angie Yupanqui Ureta de Zelada, en mérito a los fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente resolución. f. La participación de uno o más servidores en la comisión de la falta No resulta aplicable. g. La reincidencia en la comisión de la falta No resulta aplicable. h. La continuidad en la comisión de falta No resulta aplicable. i. El beneficio ilícitamente obtenido, de ser el caso No resulta aplicable.
Artículo 2.- DETERMINAR que la sanción impuesta en el presente acto resolutivo es eficaz a partir del día siguiente de su notificación, conforme a lo prescrito en el artículo 116 del Reglamento General de la Ley N° 30057.
Artículo 3.- PRECISAR que la sanción disciplinaria impuesta será ejecutada por la Oficina de Recursos Humanos, en el marco de su competencia y de acuerdo a la normativa sobre la materia, debiendo ser inscrita en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles – RNSSC, al día siguiente de su notificación.
Artículo 4.- DISPONER que se cumpla con la oficialización de la presente resolución y NOTIFIQUE al administrado la presente resolución administrativa dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haber sido emitida, según lo señalado en el artículo 115 del Reglamento General de la Ley N° 30057; en modo, forma y plazo según lo previsto en los artículos 20, 21 y 24 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Artículo 5.- DEVOLVER el expediente administrativo a la Secretaría Técnica de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios, quien se encargará de la notificación de la presente resolución a la citada servidora.
Artículo 2.- DETERMINAR que la sanción impuesta en el presente acto resolutivo es eficaz a partir del día siguiente de su notificación, conforme a lo prescrito en el artículo 116 del Reglamento General de la Ley N° 30057.
Artículo 3.- PRECISAR que la sanción disciplinaria impuesta será ejecutada por la Oficina de Recursos Humanos, en el marco de su competencia y de acuerdo a la normativa sobre la materia, debiendo ser inscrita en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles – RNSSC, al día siguiente de su notificación.
Artículo 4.- DISPONER que se cumpla con la oficialización de la presente resolución y NOTIFIQUE al administrado la presente resolución administrativa dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haber sido emitida, según lo señalado en el artículo 115 del Reglamento General de la Ley N° 30057; en modo, forma y plazo según lo previsto en los artículos 20, 21 y 24 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Artículo 5.- DEVOLVER el expediente administrativo a la Secretaría Técnica de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios, quien se encargará de la notificación de la presente resolución a la citada servidora.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Oficina de Recursos Humanos 2024