Resolución Jefatural N.° 000004-2025-OAF-MIGRACIONES
RESOLUCION JEFATURAL N° 000004-2025-OAF-MIGRACIONES
10 de enero de 2025
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar la Baja de ciento setenta y siete (177) bienes muebles patrimoniales de los registros patrimonial y contable de la Superintendencia Nacional de Migraciones, por la causal de “Falta de idoneidad del bien”, por un valor neto de setenta y nueve mil novecientos ochenta y cuatro con 42/100 soles (S/ 79,984.42), cuya descripción y características se encuentran detalladas en el Anexo N° 01 que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Aprobar la Disposición en la modalidad de “Donación” de doscientos tres (203) bienes muebles patrimoniales a favor de la Asociación Civil sin fines de lucro “Traperos de Emaus Arequipa”, cuya descripción y características se encuentran detalladas en el Anexo N° 01 y Anexo N° 2, que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Remitir una copia de la presente Resolución y sus Anexos correspondientes a la Unidad de Control Patrimonial y a la Unidad de Contabilidad y Tesorería de la Oficina de Administración y Finanzas, para que procedan con la cancelación de la anotación en el registro contable patrimonial de ciento setenta y siete (177) bienes muebles patrimoniales, descritos e identificados en el Anexo Nº 01, que forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural.
Artículo 4°.- Encargar a la Unidad de Control Patrimonial de realizar todos los trámites necesarios para concretar la donación de los bienes muebles patrimoniales detallados en el Anexo N° 1 y Anexo N° 02 de la presente Resolución, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.
Artículo 5°.- Notificar a la Asociación Civil sin fines de lucro “Traperos de Emaus Arequipa” la presente resolucion.
Artículo 6°.- Precisar que la entidad beneficiaria, será responsable del buen uso y manejo de los bienes obtenidos, mediante la presente Resolución.
Artículo 7°.- Remitir copia de la presente Resolución al Órgano de Control Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones dentro de los (10) días hábiles de su emisión, en cumplimiento del Oficio N° 0072-2021- OCI/MIGRACIONES y el Memorando Múltiple N° 00133-2021- GG/MIGRACIONES.
Artículo 8.- Disponer que la Unidad de Imagen y Comunicación efectúe la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES (www.gob.pe/migraciones) y en el Portal de Transparencia Estándar.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Artículo 1°.- Aprobar la Baja de ciento setenta y siete (177) bienes muebles patrimoniales de los registros patrimonial y contable de la Superintendencia Nacional de Migraciones, por la causal de “Falta de idoneidad del bien”, por un valor neto de setenta y nueve mil novecientos ochenta y cuatro con 42/100 soles (S/ 79,984.42), cuya descripción y características se encuentran detalladas en el Anexo N° 01 que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Aprobar la Disposición en la modalidad de “Donación” de doscientos tres (203) bienes muebles patrimoniales a favor de la Asociación Civil sin fines de lucro “Traperos de Emaus Arequipa”, cuya descripción y características se encuentran detalladas en el Anexo N° 01 y Anexo N° 2, que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Remitir una copia de la presente Resolución y sus Anexos correspondientes a la Unidad de Control Patrimonial y a la Unidad de Contabilidad y Tesorería de la Oficina de Administración y Finanzas, para que procedan con la cancelación de la anotación en el registro contable patrimonial de ciento setenta y siete (177) bienes muebles patrimoniales, descritos e identificados en el Anexo Nº 01, que forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural.
Artículo 4°.- Encargar a la Unidad de Control Patrimonial de realizar todos los trámites necesarios para concretar la donación de los bienes muebles patrimoniales detallados en el Anexo N° 1 y Anexo N° 02 de la presente Resolución, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.
Artículo 5°.- Notificar a la Asociación Civil sin fines de lucro “Traperos de Emaus Arequipa” la presente resolucion.
Artículo 6°.- Precisar que la entidad beneficiaria, será responsable del buen uso y manejo de los bienes obtenidos, mediante la presente Resolución.
Artículo 7°.- Remitir copia de la presente Resolución al Órgano de Control Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones dentro de los (10) días hábiles de su emisión, en cumplimiento del Oficio N° 0072-2021- OCI/MIGRACIONES y el Memorando Múltiple N° 00133-2021- GG/MIGRACIONES.
Artículo 8.- Disponer que la Unidad de Imagen y Comunicación efectúe la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES (www.gob.pe/migraciones) y en el Portal de Transparencia Estándar.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Oficina de Administración y Finanzas 2025