Resolución de Superintendencia N.° 000134-2024-MIGRACIONES
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 000134-2024-MIGRACIONES
20 de julio de 2024
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicios, con eficacia anticipada del 14 al 20 de julio de 2024, de la señora CIRHILEY ETHSER ALVARADO AMPUERO, Inspectora de Migraciones de la Jefatura Zonal del Callao, a la ciudad de Asunción de la República del Paraguay, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, la comisionada cuyo viaje se autoriza, presente ante este despacho, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 3.- La presente resolución no irroga gasto alguno al Estado, ni otorga derecho a exoneraciones o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Artículo 4.- Notificar la presente resolución a la Oficina de Recursos Humanos, para los fines correspondientes. Artículo 5.- Disponer que la Unidad de Imagen y Comunicación efectúe la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES (www.gob.pe/migraciones) y en el Portal de Transparencia Estándar.
Regístrese y comuníquese.
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicios, con eficacia anticipada del 14 al 20 de julio de 2024, de la señora CIRHILEY ETHSER ALVARADO AMPUERO, Inspectora de Migraciones de la Jefatura Zonal del Callao, a la ciudad de Asunción de la República del Paraguay, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, la comisionada cuyo viaje se autoriza, presente ante este despacho, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 3.- La presente resolución no irroga gasto alguno al Estado, ni otorga derecho a exoneraciones o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Artículo 4.- Notificar la presente resolución a la Oficina de Recursos Humanos, para los fines correspondientes. Artículo 5.- Disponer que la Unidad de Imagen y Comunicación efectúe la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES (www.gob.pe/migraciones) y en el Portal de Transparencia Estándar.
Regístrese y comuníquese.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Superintendencia 2024