Resolución Jefatural N.° 000133-2024-OAF-MIGRACIONES
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº000133-2024-OAF-MIGRACIONES
17 de julio de 2024
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Rectificar el Anexo N° 01 de la Resolución Jefatural N° 000118-2024-OAF-MIGRACIONES, de fecha 24 de junio de 2024, por el formato del Anexo I de la Directiva N° 001-2020-EF/54.01.
Artículo 2°.- Disponer, que la Unidad de Control Patrimonial adjunte el Anexo N° 02 de los once (11) bienes muebles sobrantes calificados como RAEE al Informe Técnico N° 000035-2024-EGSM-UCP/MIGRACIONES, el mismo que deberá encontrarse conforme al Anexo I de la citada Directiva.
Artículo 3°.- Dejar subsistente los demás extremos de la Resolución Jefatural N° 000118-2024-OAF-MIGRACIONES y del Informe.
Artículo 4°.- Remitir copia de la presente Resolución al Órgano de Control Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones dentro de los (10) días hábiles de su emisión, en cumplimiento del Oficio N° 0072-2021- OCI/MIGRACIONES y el Memorando Múltiple N° 00133-2021- GG/MIGRACIONES.
Articulo 5.- Encargar a la Unidad de Imagen y Comunicación, la publicación de la presente resolución en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones dentro de los (10) días hábiles de su emisión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Artículo 1°.- Rectificar el Anexo N° 01 de la Resolución Jefatural N° 000118-2024-OAF-MIGRACIONES, de fecha 24 de junio de 2024, por el formato del Anexo I de la Directiva N° 001-2020-EF/54.01.
Artículo 2°.- Disponer, que la Unidad de Control Patrimonial adjunte el Anexo N° 02 de los once (11) bienes muebles sobrantes calificados como RAEE al Informe Técnico N° 000035-2024-EGSM-UCP/MIGRACIONES, el mismo que deberá encontrarse conforme al Anexo I de la citada Directiva.
Artículo 3°.- Dejar subsistente los demás extremos de la Resolución Jefatural N° 000118-2024-OAF-MIGRACIONES y del Informe.
Artículo 4°.- Remitir copia de la presente Resolución al Órgano de Control Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones dentro de los (10) días hábiles de su emisión, en cumplimiento del Oficio N° 0072-2021- OCI/MIGRACIONES y el Memorando Múltiple N° 00133-2021- GG/MIGRACIONES.
Articulo 5.- Encargar a la Unidad de Imagen y Comunicación, la publicación de la presente resolución en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones dentro de los (10) días hábiles de su emisión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Oficina de Administración y Finanzas 2024