Resolución de Gerencia N.° 0051-2023-GG-MIGRACIONES
9 de mayo de 2023
SE RESUELVE:
Artículo 1.- SANCIONAR a la servidora Maria Jesus Ramos Escobar, con la sanción de SUSPENSION SIN GOCE DE REMUNERACIONES DE SEIS (6) MESES, de conformidad con los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- DETERMINAR que la sanción impuesta en el presente acto resolutivo es eficaz a partir del día siguiente de su notificación, conforme a lo prescrito en el artículo 116 del Reglamento General de la Ley N° 30057.
Artículo 3.- ANOTAR como demérito en el legajo personal la sanción impuesta e inscribir en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles - RNSSC.
Artículo 4.- DISPONER que se cumpla con la oficialización de la presente resolución y NOTIFIQUE a la citada servidora la presente resolución administrativa dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haber sido emitida, según lo señalado en el artículo 115 del Reglamento General de la Ley N° 30057; en modo, forma y plazo según lo previsto en los artículos 20, 21 y 24 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Artículo 5.- DEVOLVER el expediente administrativo a la Secretaría Técnica de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios, quien se encargará de la notificación de la presente resolución a la citada servidora.
Artículo 1.- SANCIONAR a la servidora Maria Jesus Ramos Escobar, con la sanción de SUSPENSION SIN GOCE DE REMUNERACIONES DE SEIS (6) MESES, de conformidad con los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- DETERMINAR que la sanción impuesta en el presente acto resolutivo es eficaz a partir del día siguiente de su notificación, conforme a lo prescrito en el artículo 116 del Reglamento General de la Ley N° 30057.
Artículo 3.- ANOTAR como demérito en el legajo personal la sanción impuesta e inscribir en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles - RNSSC.
Artículo 4.- DISPONER que se cumpla con la oficialización de la presente resolución y NOTIFIQUE a la citada servidora la presente resolución administrativa dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haber sido emitida, según lo señalado en el artículo 115 del Reglamento General de la Ley N° 30057; en modo, forma y plazo según lo previsto en los artículos 20, 21 y 24 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Artículo 5.- DEVOLVER el expediente administrativo a la Secretaría Técnica de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios, quien se encargará de la notificación de la presente resolución a la citada servidora.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Gerencia General 2023