Resolución de Superintendencia N.° 0167-2023-MIGRACIONES
13 de setiembre de 2023
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Objeto Apruébese la desagregación de los recursos autorizados mediante el numeral 1.1 del artículo 1 del Decreto de Supremo N.° 194-2023-EF, del Pliego 073. Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, hasta por la suma de S/665 678,00 (seiscientos sesenta y cinco mil seiscientos setenta y ocho y 00/100 Soles), a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, conforme al siguiente detalle: (ver pdf)
Artículo 2.- Notas para Modificación Presupuestaria La Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Pliego 073: Superintendencia Nacional de Migraciones instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución.
Artículo 3.- Remisión de la Resolución Remítase copia de la presente Resolución, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes de aprobada, a los Organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N.° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
Artículo 4.- Publicación Disponer que la Unidad de Imagen y Comunicación efectúe la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones (www.gob.pe/migraciones) y en el Portal de Transparencia Estándar.
Artículo 1.- Objeto Apruébese la desagregación de los recursos autorizados mediante el numeral 1.1 del artículo 1 del Decreto de Supremo N.° 194-2023-EF, del Pliego 073. Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, hasta por la suma de S/665 678,00 (seiscientos sesenta y cinco mil seiscientos setenta y ocho y 00/100 Soles), a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, conforme al siguiente detalle: (ver pdf)
Artículo 2.- Notas para Modificación Presupuestaria La Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Pliego 073: Superintendencia Nacional de Migraciones instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución.
Artículo 3.- Remisión de la Resolución Remítase copia de la presente Resolución, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes de aprobada, a los Organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N.° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
Artículo 4.- Publicación Disponer que la Unidad de Imagen y Comunicación efectúe la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones (www.gob.pe/migraciones) y en el Portal de Transparencia Estándar.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Superintendencia 2023