Resolución de Gerencia N.° 0077-2023-GG-MIGRACIONES

23 de junio de 2023

SE RESUELVE:

Artículo 1.-
Modificar los artículos 2 y 4 de la Resolución de Gerencia Nº00100- 2020-GG-MIGRACIONES, modificada por el artículo 2 de la Resolución de Gerencia Nº00114-2020-GG-MIGRACIONES, a fin de adicionar funciones a las Unidades Funcionales de Servicios Migratorios y de Plataforma de Atención de las Jefaturas Zonales, conforme al siguiente detalle:

“Artículo 2°. - Las Unidades Funcionales de Servicios Migratorios de las Jefaturas Zonales tendrán a su cargo las siguientes funciones:
a) Evaluar y tramitar los procedimientos administrativos y servicios previstos en el Texto Único de Procedimiento Administrativo, salvo los referidos a los trámites de nacionalización por naturalización u opción.
b) Evaluar los expedientes de inmigración.
c) Recibir, evaluar y aprobar, de corresponder, las solicitudes de medidas migratorias de protección y especiales de personas extranjeras en situación de vulnerabilidad.
d) Emitir los documentos de viaje.
e) Actualización o rectificación de datos en los registros de inscripción o títulos de Naturalización y doble nacionalidad.
f) Rectificación en el Registro del Sistema de Movimiento Migratorio (ingreso o salida del país).
g) Evaluar las incidencias y observaciones en materia de permiso temporal de permanencia”

(…)

“Artículo 4°. – Las Unidades Funcionales de Plataforma de Atención de las Jefaturas Zonales tendrán a su cargo las siguientes funciones:
a) Recibir los trámites vinculados a los procedimientos administrativos y servicios previstos en el Texto Único de Procedimientos Administrativo.
b) Efectuar la toma de datos biométricos para la tramitación de los servicios prestados por MIGRACIONES que así lo requieran.
c) Brindar atención a las consultas, reclamaciones y quejas de los administrados.
d) Certificar las copias de documentos originales, solicitados como parte de los requisitos de los procedimientos administrativos y servicios previstos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos.
e) Coordinar con la Dirección de Operaciones, las acciones conjuntas que se realizan entre la Superintendencia Nacional de Migraciones y la Presidencia del Consejo de Ministros - PCM en los espacios de atención de los Centros de Mejor Atención al Ciudadano – MAC.
f) Recepcionar, registrar y evaluar los expedientes en materia de permiso temporal de permanencia.”

Artículo 2.- Disponer que la Unidad de Imagen y Comunicación efectúe la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES (www.gob.pe/migraciones) y en el Portal de Transparencia Estándar.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Gerencia General 2023

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