Resolución de Superintendencia N.° 0132-2023-MIGRACIONES
29 de mayo de 2023
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicios, desde el 31 de mayo hasta el 2 de junio de 2023, de la señora KATIA VEGA BENDEZU, Directora de la Dirección de Política Migratoria y del señor FERNANDO AUGUSTO NUÑEZ CALDERON, Director de la Dirección de Registro y Control Migratorio, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, los comisionados cuyo viaje se autoriza, presenten ante este despacho, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 3.- La presente resolución no irroga gasto alguno al Estado, ni otorga derecho a exoneraciones o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Artículo 4.- Notificar la presente resolución a la Oficina de Recursos Humanos, para los fines correspondientes. Artículo 5.- Disponer que la Unidad de Imagen y Comunicación efectúe la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES (www.gob.pe/migraciones) y en el Portal de Transparencia Estándar.
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicios, desde el 31 de mayo hasta el 2 de junio de 2023, de la señora KATIA VEGA BENDEZU, Directora de la Dirección de Política Migratoria y del señor FERNANDO AUGUSTO NUÑEZ CALDERON, Director de la Dirección de Registro y Control Migratorio, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, los comisionados cuyo viaje se autoriza, presenten ante este despacho, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 3.- La presente resolución no irroga gasto alguno al Estado, ni otorga derecho a exoneraciones o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Artículo 4.- Notificar la presente resolución a la Oficina de Recursos Humanos, para los fines correspondientes. Artículo 5.- Disponer que la Unidad de Imagen y Comunicación efectúe la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES (www.gob.pe/migraciones) y en el Portal de Transparencia Estándar.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Superintendencia 2023