Resolución Jefatural N.° 306-2023-JZ17CALLAO
20 de abril de 2023
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- DETERMINAR el valor de la multa por no solicitar la prórroga del plazo de permanencia de su calidad migratoria residente dentro del plazo de su vigencia, correspondiente a persona de nacionalidad venezolana NAYTIBEL NAYLETH FLORES, siendo que desde el 26SET2021 al 06ENE2022 y del 10JUL2022 al 15ABR2023, asciende a un total de S/ 17,791.50 (DIECISIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y UNO CON 50/100 Soles)
Artículo 2°.- OTORGAR a la persona de nacionalidad venezolana NAYTIBEL NAYLETH FLORES identificada con CARNET DE EXTRANJERÍA N° 002585763 el fraccionamiento de la deuda, luego de deducir la cuota inicial, en veinticuatro (24) cuotas mensuales, las cuales vencerán el último día del mes, de acuerdo al siguiente detalle, debiéndose efectuar el pago de la cuota inicial dentro de los tres (03) días hábiles siguientes, de notificada la presente resolución.
Artículo 3°.- Queda establecido que cuando haya transcurrido quince (15) días calendario desde el vencimiento de una cuota y esta se mantenga impaga, perderá el beneficio del fraccionamiento.
Artículo 1°.- DETERMINAR el valor de la multa por no solicitar la prórroga del plazo de permanencia de su calidad migratoria residente dentro del plazo de su vigencia, correspondiente a persona de nacionalidad venezolana NAYTIBEL NAYLETH FLORES, siendo que desde el 26SET2021 al 06ENE2022 y del 10JUL2022 al 15ABR2023, asciende a un total de S/ 17,791.50 (DIECISIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y UNO CON 50/100 Soles)
Artículo 2°.- OTORGAR a la persona de nacionalidad venezolana NAYTIBEL NAYLETH FLORES identificada con CARNET DE EXTRANJERÍA N° 002585763 el fraccionamiento de la deuda, luego de deducir la cuota inicial, en veinticuatro (24) cuotas mensuales, las cuales vencerán el último día del mes, de acuerdo al siguiente detalle, debiéndose efectuar el pago de la cuota inicial dentro de los tres (03) días hábiles siguientes, de notificada la presente resolución.
Artículo 3°.- Queda establecido que cuando haya transcurrido quince (15) días calendario desde el vencimiento de una cuota y esta se mantenga impaga, perderá el beneficio del fraccionamiento.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Jefatura Zonal - Callao