Resolución Jefatural N.° 284-2023-JZ17CALLAO
13 de abril de 2023
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- REVOCAR EN PARTE la Resolución Jefatural N° 000131-2023JZ17CALLAO-MIGRACIONES de fecha 07FEB2023; en consecuencia, declarar FUNDADO el recurso de reconsideración respecto al monto de la multa impuesta.
Artículo 2º.- OTORGAR el Beneficio de Reconocimiento de Responsabilidad a la empresa de transporte internacional SPIRIT AIRLINES INC SUCURSAL DEL PERU, siendo que, el monto a cancelar asciende a la suma de S/. 5, 280.00 (CINCO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES), considerando el numeral 6.6 de los LINEAMIENTOS PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES A MEDIOS DE TRANSPORTE INTERNACIONAL, OPERADORES Y ESTABLECIMIENTOS DE HOSPEDAJE.
Artículo 3º.- REQUERIR a la empresa de transporte internacional SPIRIT AIRLINES INC SUCURSAL DEL PERU la cancelación del adeudo7, dentro del plazo de diez (10) días hábiles, a computarse a partir del día siguiente de la notificación de la presente, a través del Banco de la Nación bajo el código N° 0681 “MULTAS ETI-PASAJ. NO IDENTIF. (XPERSONA)”, debiendo remitir la copia de la boleta de empoce a la Oficina General de Administración y Finanzas y a la Jefatura Zonal del Callao de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES; de no hacerlo dentro de dicho plazo, se dejará sin efecto en forma automática el beneficio otorgado y por impuesta la sanción.
Artículo 1º.- REVOCAR EN PARTE la Resolución Jefatural N° 000131-2023JZ17CALLAO-MIGRACIONES de fecha 07FEB2023; en consecuencia, declarar FUNDADO el recurso de reconsideración respecto al monto de la multa impuesta.
Artículo 2º.- OTORGAR el Beneficio de Reconocimiento de Responsabilidad a la empresa de transporte internacional SPIRIT AIRLINES INC SUCURSAL DEL PERU, siendo que, el monto a cancelar asciende a la suma de S/. 5, 280.00 (CINCO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES), considerando el numeral 6.6 de los LINEAMIENTOS PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES A MEDIOS DE TRANSPORTE INTERNACIONAL, OPERADORES Y ESTABLECIMIENTOS DE HOSPEDAJE.
Artículo 3º.- REQUERIR a la empresa de transporte internacional SPIRIT AIRLINES INC SUCURSAL DEL PERU la cancelación del adeudo7, dentro del plazo de diez (10) días hábiles, a computarse a partir del día siguiente de la notificación de la presente, a través del Banco de la Nación bajo el código N° 0681 “MULTAS ETI-PASAJ. NO IDENTIF. (XPERSONA)”, debiendo remitir la copia de la boleta de empoce a la Oficina General de Administración y Finanzas y a la Jefatura Zonal del Callao de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES; de no hacerlo dentro de dicho plazo, se dejará sin efecto en forma automática el beneficio otorgado y por impuesta la sanción.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Jefatura Zonal - Callao