Resolución Jefatural N.° 260-2021-JZ17CALLAO
13 de setiembre de 2021
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- DETERMINAR el valor de la multa por exceso de permanencia correspondiente a la persona de nacionalidad venezolana YARIANNA DEL CARMEN CABEZA PALUMBO, siendo que desde el 15 de febrero de 2019 al 15 de marzo de 2020, asciende a un total de S/ 1,666.50 (UN MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 50/100 Soles)
Artículo 2°.- APROBAR la solicitud de fraccionamiento del pago de multa presentada por la persona de nacionalidad venezolana YARIANNA DEL CARMEN CABEZA PALUMBO, identificada con PASAPORTE N° 131846289.
Artículo 3°.- Otorgar el fraccionamiento de la deuda, luego de deducir la cuota inicial, en once (11) cuotas mensuales, las cuales vencerán el último día del mes, de acuerdo al siguiente detalle, debiéndose efectuar el pago de la cuota inicial dentro de los tres (03) días hábiles siguientes, de notificada la presente resolución.
Artículo 4°.- Queda establecido que cuando haya transcurrido quince (15) días calendario desde el vencimiento de una cuota y esta se mantenga impaga, perderá el beneficio del fraccionamiento.
Artículo 1°.- DETERMINAR el valor de la multa por exceso de permanencia correspondiente a la persona de nacionalidad venezolana YARIANNA DEL CARMEN CABEZA PALUMBO, siendo que desde el 15 de febrero de 2019 al 15 de marzo de 2020, asciende a un total de S/ 1,666.50 (UN MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 50/100 Soles)
Artículo 2°.- APROBAR la solicitud de fraccionamiento del pago de multa presentada por la persona de nacionalidad venezolana YARIANNA DEL CARMEN CABEZA PALUMBO, identificada con PASAPORTE N° 131846289.
Artículo 3°.- Otorgar el fraccionamiento de la deuda, luego de deducir la cuota inicial, en once (11) cuotas mensuales, las cuales vencerán el último día del mes, de acuerdo al siguiente detalle, debiéndose efectuar el pago de la cuota inicial dentro de los tres (03) días hábiles siguientes, de notificada la presente resolución.
Artículo 4°.- Queda establecido que cuando haya transcurrido quince (15) días calendario desde el vencimiento de una cuota y esta se mantenga impaga, perderá el beneficio del fraccionamiento.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Jefatura Zonal - Callao