Resolución Jefatural N.° 0032-2023-OAF-MIGRACIONES
8 de febrero de 2023
SE RESUELVE:
Artículo 1°. – Designar al Equipo de trabajo encargado de la elaboración del Plan de mantenimiento 2023 – 2025, el cual estará integrado y conformado de la siguiente manera: - Elizabeth Flor Aguilera Vargas, en representación de la Oficina de Administración y Finanzas. - Reynaldo Alejandro Garay Soto, en representación de la Unidad de Control Patrimonial. - Jose Luis Rodriguez Sánchez, en representación del equipo de Servicios Generales de la Unidad de Control Patrimonial.
Artículo 2°. – Disponer que el equipo conformado cumpla con lo señalado en el artículo 86°, de la Directiva N° 006-2021-EF/54.01 “Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento”.
Artículo 3°. - Remitir copia de la presente Resolución al Órgano de Control Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones dentro de los (10) días hábiles de su emisión, en cumplimiento de lo solicitado mediante Oficio N° 0072-2021- OCI/MIGRACIONES y Memorando Múltiple N° 00133-2021-GG/MIGRACIONES.
Artículo 4°. - Encargar a la Unidad de Imagen y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones (www.migraciones.gob.pe), dentro de los diez (10) días hábiles de su emisión.
Artículo 1°. – Designar al Equipo de trabajo encargado de la elaboración del Plan de mantenimiento 2023 – 2025, el cual estará integrado y conformado de la siguiente manera: - Elizabeth Flor Aguilera Vargas, en representación de la Oficina de Administración y Finanzas. - Reynaldo Alejandro Garay Soto, en representación de la Unidad de Control Patrimonial. - Jose Luis Rodriguez Sánchez, en representación del equipo de Servicios Generales de la Unidad de Control Patrimonial.
Artículo 2°. – Disponer que el equipo conformado cumpla con lo señalado en el artículo 86°, de la Directiva N° 006-2021-EF/54.01 “Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento”.
Artículo 3°. - Remitir copia de la presente Resolución al Órgano de Control Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones dentro de los (10) días hábiles de su emisión, en cumplimiento de lo solicitado mediante Oficio N° 0072-2021- OCI/MIGRACIONES y Memorando Múltiple N° 00133-2021-GG/MIGRACIONES.
Artículo 4°. - Encargar a la Unidad de Imagen y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones (www.migraciones.gob.pe), dentro de los diez (10) días hábiles de su emisión.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Oficina de Administración y Finanzas 2023