Resolución de Superintendencia N.° 0250-2020-MIGRACIONES

18 de diciembre de 2020

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar la conformación del Comité de Gestión de la Calidad de la Superintendencia Nacional de Migraciones, el mismo que estará integrado por: Presidente : Gerente General
Secretario : Jefe(a) de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto
Miembro : Jefe(a) de la Unidad de Imagen y Comunicación
Miembro : Jefe(a) de la Unidad de Gestión Documental
Miembro : Jefe(a) de la Oficina de Asesoría Jurídica
Miembro : Jefe(a) de la Oficina de Administración y Finanzas
Miembro : Jefe(a) de la Oficina de Recursos Humanos
Miembro : Jefe(a) de la Oficina de Integridad Institucional
Miembro : Jefe(a) de la Oficina de Tecnologías de Información y Comunicaciones
Miembro : Director(a) de Operaciones
Miembro : Director(a) de Registro y Control Migratorio
Miembro : Director(a) de Gestión Técnica y Fiscalización Migratoria
Miembro : Director(a) de Política Migratoria

Artículo 2º.- Disponer que el Comité de Gestión de la Calidad de la Superintendencia Nacional de Migraciones conformado en el artículo precedente, cumpla las siguientes funciones: a) Conducir la implementación del Sistema de Gestión de la Calidad en la Superintendencia Nacional de Migraciones y monitorear su adecuado funcionamiento. b) Formular y establecer un sistema de seguimiento, verificación y mejora continua de los procesos que se incorporen al Sistema de Gestión de la Calidad. c) Elaborar y aprobar la Política y Objetivos de calidad velando por su cumplimiento. d) Aprobar el Plan anual de gestión de la calidad. e) Coordinar el proceso de simplificación administrativa. f) Normar su estructura y funcionamiento interno. g) Informar a la Alta Dirección sobre las actuaciones emprendidas para el seguimiento y mantenimiento del Sistema de Gestión de la Calidad. h) Otras funciones que sean encargadas por el(la) Superintendente Nacional de Migraciones.

Artículo 3º.- Derogar las Resoluciones de Superintendencia N° 000270-2016- MIGRACIONES y N° 000011-2018-MIGRACIONES, de fechas 14 de septiembre de 2016 y 15 de enero de 2018, respectivamente.

Artículo 4°.- Notificar la presente resolución a los miembros designados en el artículo 1° de la presente Resolución. Artículo 5°.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de Información y Comunicaciones publique la presente resolución en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones (www.migraciones.gob.pe

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Superintendencia 2020

Vista preliminar de documento RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA-000250-2020-MIGRACIONES

RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA-000250-2020-MIGRACIONES

PDF
268.3 KB