Resolución de Superintendencia N.° 0250-2020-MIGRACIONES

18 de diciembre de 2020

SE RESUELVE: 

Artículo 1º.- Aprobar la conformación del Comité de Gestión de la Calidad de la Superintendencia Nacional de Migraciones, el mismo que estará integrado por: Presidente : Gerente General 
Secretario : Jefe(a) de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto 
Miembro : Jefe(a) de la Unidad de Imagen y Comunicación 
Miembro : Jefe(a) de la Unidad de Gestión Documental 
Miembro : Jefe(a) de la Oficina de Asesoría Jurídica 
Miembro : Jefe(a) de la Oficina de Administración y Finanzas 
Miembro : Jefe(a) de la Oficina de Recursos Humanos 
Miembro : Jefe(a) de la Oficina de Integridad Institucional 
Miembro : Jefe(a) de la Oficina de Tecnologías de Información y Comunicaciones 
Miembro : Director(a) de Operaciones 
Miembro : Director(a) de Registro y Control Migratorio 
Miembro : Director(a) de Gestión Técnica y Fiscalización Migratoria 
Miembro : Director(a) de Política Migratoria 

Artículo 2º.- Disponer que el Comité de Gestión de la Calidad de la Superintendencia Nacional de Migraciones conformado en el artículo precedente, cumpla las siguientes funciones: a) Conducir la implementación del Sistema de Gestión de la Calidad en la Superintendencia Nacional de Migraciones y monitorear su adecuado funcionamiento. b) Formular y establecer un sistema de seguimiento, verificación y mejora continua de los procesos que se incorporen al Sistema de Gestión de la Calidad. c) Elaborar y aprobar la Política y Objetivos de calidad velando por su cumplimiento. d) Aprobar el Plan anual de gestión de la calidad. e) Coordinar el proceso de simplificación administrativa. f) Normar su estructura y funcionamiento interno. g) Informar a la Alta Dirección sobre las actuaciones emprendidas para el seguimiento y mantenimiento del Sistema de Gestión de la Calidad. h) Otras funciones que sean encargadas por el(la) Superintendente Nacional de Migraciones. 

Artículo 3º.- Derogar las Resoluciones de Superintendencia N° 000270-2016- MIGRACIONES y N° 000011-2018-MIGRACIONES, de fechas 14 de septiembre de 2016 y 15 de enero de 2018, respectivamente.

 Artículo 4°.- Notificar la presente resolución a los miembros designados en el artículo 1° de la presente Resolución. Artículo 5°.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de Información y Comunicaciones publique la presente resolución en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones (www.migraciones.gob.pe 

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Superintendencia 2020

Documentos

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RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA-000250-2020-MIGRACIONES

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