Resolución de Superintendencia N.° 0200-2020-MIGRACIONES

25 de setiembre de 2020

SE RESUELVE: 

Artículo 1.- Declarar la LESIVIDAD DE LA RESOLUCIÓN DE GERENCIA N° 1575- 2016-MIGRACIONES-SM-CCM, de fecha 28 de enero de 2016, dictada al interior del procedimiento administrativo de Cambio de Calidad Migratoria de Turista a Trabajador Residente, tramitado con expediente administrativo N° LM150312519, iniciado por el ciudadano de nacionalidad china Wenhui Chen, así como también de los actos administrativos posteriores vinculados, como son la Inscripción en el Registro Central de Extranjería tramitado con expediente administrativo N° LM160051374 y los expedientes administrativos N° LM160316730 y LM180026988 de Prórroga de Residencia, por cuanto se encuentra acreditado el fraude en la información proporcionada por el administrado, conducta con la cual se ha vulnerado el ordenamiento jurídico migratorio, la legalidad administrativa y el interés público. 

Artículo 2.- Disponer que la Oficina General de Asesoría Jurídica remita copias fedateadas del procedimiento administrativo de Cambio de Calidad Migratoria de Turista a Trabajador Residente, tramitado con expediente administrativo N° LM150312519, iniciado por el ciudadano de nacionalidad china Wenhui Chen, así como también de los actos administrativos posteriores vinculados, como son la Inscripción en el Registro Central de Extranjería tramitado con expediente administrativo N° LM160051374 y los expedientes administrativos N° LM160316730 y LM180026988 de Prórroga de Residencia, conjuntamente con copias fedateadas de los actuados de fiscalización posterior, a la Procuraduría Pública del Sector Interior, a efectos que procedan a iniciar, ante el Poder Judicial y ante el Ministerio Público, las acciones legales correspondientes contra el administrado y las ciudadanas chinas y peruana mencionadas en la presente Resolución de Superintendencia. 

Artículo 3.- Poner en conocimiento de la Gerencia de Servicios Migratorios la presente Resolución de Superintendencia a efectos que proceda conforme a sus atribuciones. 

Artículo 4.- Notificar la presente Resolución de Superintendencia al administrado para su conocimiento y fines pertinentes. 

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Superintendencia 2020

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