Resolución de Superintendencia N.° 0171-2022-MIGRACIONES
19 de julio de 2022
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, de las servidoras Giuliana Rosa Castro Beltrán De Burga y Stefanie Consuelo Campos Ysla, del Puesto de Control Migratorio del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez y del servidor Robert Henrry De Amat Peralta, Jefe del Puesto de Control Fronterizo Santa Rosa en Tacna, del 13 al 20 de agosto de 2022, a la ciudad de El Paso, estado de Texas, de los Estados Unidos de América, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, los comisionados cuyo viaje se autoriza, presenten ante este despacho, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 3.- La presente resolución no irroga gasto alguno al Estado, ni otorga derecho a exoneraciones o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Artículo 4.- Notificar la presente resolución a la Oficina de Recursos Humanos, para los fines correspondientes.
Artículo 5.- Disponer que la Unidad de Imagen y Comunicación efectúe la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES (www.gob.pe/migraciones) y en el Portal de Transparencia Estándar.
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, de las servidoras Giuliana Rosa Castro Beltrán De Burga y Stefanie Consuelo Campos Ysla, del Puesto de Control Migratorio del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez y del servidor Robert Henrry De Amat Peralta, Jefe del Puesto de Control Fronterizo Santa Rosa en Tacna, del 13 al 20 de agosto de 2022, a la ciudad de El Paso, estado de Texas, de los Estados Unidos de América, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, los comisionados cuyo viaje se autoriza, presenten ante este despacho, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 3.- La presente resolución no irroga gasto alguno al Estado, ni otorga derecho a exoneraciones o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Artículo 4.- Notificar la presente resolución a la Oficina de Recursos Humanos, para los fines correspondientes.
Artículo 5.- Disponer que la Unidad de Imagen y Comunicación efectúe la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES (www.gob.pe/migraciones) y en el Portal de Transparencia Estándar.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Superintendencia 2022