Resolución de Superintendencia N.° 0212-2022-MIGRACIONES

24 de agosto de 2022

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Conformar el Comité que se encargue del tratamiento del acervo documentario “Registro de los hijos peruanos nacidos en el extranjero”, cuyo objeto se encuentra dirigido a determinar la disposición final del acervo documental del “Registro de los hijos peruanos nacidos en el extranjero”, generando como producto el tratamiento y custodia de la documentación. Del mismo modo, las principales funciones que realizarían serían las siguientes: • Asesorar en lo concerniente al Tratamiento y Custodia Definitiva del Acervo Documentario del “Registro de los hijos peruanos nacidos en el extranjero”. • Coordinar y consultar, la factibilidad de la transferencia del acervo documental “Registro de los hijos peruanos nacidos en el extranjero”, al Ente Rector, del Sistema Nacional de Archivos, el Archivo General de la Nación -AGN. • Vigilar el cumplimiento de la normatividad y disposiciones archivísticas vigentes, en el tratamiento del acervo documental “Registro de los hijos peruanos nacidos en el extranjero”. • Proponer y orientar acciones que coadyuven para el desarrollo de instrumentos de descripción e inventarios del acervo documental “Registro de los hijos peruanos nacidos en el extranjero”. • Asesorar y dar respuesta a las consultas que sobre el manejo y administración de los documentos del acervo documental “Registro de los hijos peruanos nacidos en el extranjero”, se realicen.

Artículo 2.- El Comité que se encargue del tratamiento del acervo documentario “Registro de los hijos peruanos nacidos en el extranjero”, de la Superintendencia Nacional de Migraciones, queda integrado de la siguiente manera: - Presidencia: Asesor (a) de la Gerencia General - Secretario Técnico: Jefe (a) de la Unidad de Gestión Documental - Integrante: Director (a) de Gestión Técnica y Fiscalización Migratoria o su delegado (a) - Integrante: Director (a) de Política Migratoria o su delegado (a) - Integrante: Director (a) de Operaciones o su delegado (a) - Integrante: Jefe (a) de la Oficina de Asesoría Jurídica o su delegado (a).

Artículo 3.- El Comité que se encargue del tratamiento del acervo documentario “Registro de los hijos peruanos nacidos en el extranjero”, de la Superintendencia Nacional de Migraciones, se instalará en el plazo máximo de cinco (05) días hábiles contados a partir de la emisión de la presente Resolución.

Artículo 4.- Notificar la presente Resolución a los órganos señalados en el artículo segundo de la presente Resolución.

Artículo 5º.- Disponer que la Unidad de Imagen y Comunicación efectúe la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES (www.gob.pe/migraciones) y en el Portal de Transparencia Estándar. 


Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Superintendencia 2022

Documentos

Vista preliminar de documento RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA-000212-2022-MIGRACIONES.pdf

RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA-000212-2022-MIGRACIONES.pdf

PDF
413.9 KB