Resolución Jefatural N.° 814-2022-JZ17CALLAO
22 de agosto de 2022
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- DETERMINAR el valor de la multa por no solicitar la prórroga del plazo de permanencia de su calidad migratoria residente dentro del plazo de su vigencia, correspondiente a persona de nacionalidad venezolana MAURICIO ANTONIO BECERRA ISAYA, siendo que desde el 20AGO2021 hasta el 01NOV2021, asciende a un total de S/ 3,256.00 (TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 00/100 Soles)
Artículo 2°.- VALIDAR como pago de cuota inicial el abono de S/ 132.00 (CIENTO TREINTA Y DOS CON 00/100 Soles) efectuado con fecha 12 de enero de 2022 con el código 0673 en el Banco de la Nación.
Artículo 3°.- OTORGAR a la persona de nacionalidad venezolana MAURICIO ANTONIO BECERRA ISAYA identificado con CARNET DE EXTRANJERÍA N° 001932637 el fraccionamiento de la deuda, luego de deducir la cuota inicial, en seis (6) cuotas mensuales, las cuales vencerán el último día del mes, de acuerdo al siguiente detalle, debiéndose efectuar el pago de la cuota inicial dentro de los tres (03) días hábiles siguientes, de notificada la presente resolución.
Artículo 1°.- DETERMINAR el valor de la multa por no solicitar la prórroga del plazo de permanencia de su calidad migratoria residente dentro del plazo de su vigencia, correspondiente a persona de nacionalidad venezolana MAURICIO ANTONIO BECERRA ISAYA, siendo que desde el 20AGO2021 hasta el 01NOV2021, asciende a un total de S/ 3,256.00 (TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 00/100 Soles)
Artículo 2°.- VALIDAR como pago de cuota inicial el abono de S/ 132.00 (CIENTO TREINTA Y DOS CON 00/100 Soles) efectuado con fecha 12 de enero de 2022 con el código 0673 en el Banco de la Nación.
Artículo 3°.- OTORGAR a la persona de nacionalidad venezolana MAURICIO ANTONIO BECERRA ISAYA identificado con CARNET DE EXTRANJERÍA N° 001932637 el fraccionamiento de la deuda, luego de deducir la cuota inicial, en seis (6) cuotas mensuales, las cuales vencerán el último día del mes, de acuerdo al siguiente detalle, debiéndose efectuar el pago de la cuota inicial dentro de los tres (03) días hábiles siguientes, de notificada la presente resolución.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Jefatura Zonal - Callao