Resolución Jefatural N.° 582-2022-JZ17CALLAO
16 de julio de 2022
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- DETERMINAR el valor de la multa por no solicitar la prórroga del plazo de permanencia de su calidad migratoria residente dentro del plazo de su vigencia, correspondiente a persona de nacionalidad venezolana DIOSA MARINA FIGUEROA GUZMAN, siendo que desde el 07SET2021 hasta el 29NOV2021, asciende a un total de S/ 3,246.00 (TRES MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS 00/100 Soles), después de deducir el importe de S/ 450.00 (CUATROCIENTOS CINCUENTA 00/100 soles) abonado con fecha 20DIC2021.
Artículo 2°.- OTORGAR a la persona de nacionalidad venezolana DIOSA MARINA FIGUEROA GUZMAN identificada con CARNET DE EXTRANJERÍA N° 002385620 el fraccionamiento de la deuda, luego de deducir la cuota inicial, en siete (07) cuotas mensuales, las cuales vencerán el último día del mes, de acuerdo al siguiente detalle, debiéndose efectuar el pago de la cuota inicial dentro de los tres (03) días hábiles siguientes, de notificada la presente resolución.
Artículo 1°.- DETERMINAR el valor de la multa por no solicitar la prórroga del plazo de permanencia de su calidad migratoria residente dentro del plazo de su vigencia, correspondiente a persona de nacionalidad venezolana DIOSA MARINA FIGUEROA GUZMAN, siendo que desde el 07SET2021 hasta el 29NOV2021, asciende a un total de S/ 3,246.00 (TRES MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS 00/100 Soles), después de deducir el importe de S/ 450.00 (CUATROCIENTOS CINCUENTA 00/100 soles) abonado con fecha 20DIC2021.
Artículo 2°.- OTORGAR a la persona de nacionalidad venezolana DIOSA MARINA FIGUEROA GUZMAN identificada con CARNET DE EXTRANJERÍA N° 002385620 el fraccionamiento de la deuda, luego de deducir la cuota inicial, en siete (07) cuotas mensuales, las cuales vencerán el último día del mes, de acuerdo al siguiente detalle, debiéndose efectuar el pago de la cuota inicial dentro de los tres (03) días hábiles siguientes, de notificada la presente resolución.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Jefatura Zonal - Callao