Resolución Jefatural N.° 103-2021-JZ17CALLAO
27 de julio de 2021
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- DETERMINAR la sanción de MULTA equivalente a TRES (3) Unidades Impositivas Tributarias a la empresa de transporte internacional JETBLUE AIRWAYS CORPORATION SUCURSAL DEL PERU CON REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTE N° 20552438591, ascendente a la suma de TRECE MIL DOSCIENTOS Y 00/100 SOLES (S/ 13,200.00), a razón de TRES (3) UIT por haber incurrido en infracción al literal c) del artículo 191° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1350.
Artículo 2º.- OTORGAR el Beneficio de Reconocimiento de Responsabilidad a la empresa de transporte internacional JETBLUE AIRWAYS CORPORATION SUCURSAL DEL PERU, Siendo que, el monto a cancelar asciende a la suma de S/. 8,715.00 (OCHO MIL SETECIENTOS QUINCE Y 00/100 SOLES), considerando el numeral 6.6 de los LINEAMIENTOS PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES A MEDIOS DE TRANSPORTE INTERNACIONAL, OPERADORES Y ESTABLECIMIENTOS DE HOSPEDAJE.
Artículo 1º.- DETERMINAR la sanción de MULTA equivalente a TRES (3) Unidades Impositivas Tributarias a la empresa de transporte internacional JETBLUE AIRWAYS CORPORATION SUCURSAL DEL PERU CON REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTE N° 20552438591, ascendente a la suma de TRECE MIL DOSCIENTOS Y 00/100 SOLES (S/ 13,200.00), a razón de TRES (3) UIT por haber incurrido en infracción al literal c) del artículo 191° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1350.
Artículo 2º.- OTORGAR el Beneficio de Reconocimiento de Responsabilidad a la empresa de transporte internacional JETBLUE AIRWAYS CORPORATION SUCURSAL DEL PERU, Siendo que, el monto a cancelar asciende a la suma de S/. 8,715.00 (OCHO MIL SETECIENTOS QUINCE Y 00/100 SOLES), considerando el numeral 6.6 de los LINEAMIENTOS PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES A MEDIOS DE TRANSPORTE INTERNACIONAL, OPERADORES Y ESTABLECIMIENTOS DE HOSPEDAJE.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Jefatura Zonal - Callao