Resolución Jefatural N.° 83-2021-JZ17CALLAO
22 de julio de 2021
SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. - DECLARAR de oficio la caducidad del procedimiento administrativo sancionador, seguido contra la empresa de transporte internacional INTERJET, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, y en consecuencia, se ordena que se proceda a su archivo, dejando a salvo la adopción de las medidas que correspondan por parte de la Unidad Funcional de Fiscalización Migratoria Callao.
ARTÍCULO 2°. - La Unidad Funcional de Fiscalización Migratoria Callao deberá evaluar el inicio de un nuevo procedimiento sancionador, en el supuesto que la infracción no hubiera prescrito, conforme lo establece el inciso 4) del artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, bajo responsabilidad.
ARTICULO 3°. - NOTIFICAR la presente Resolución a la empresa internacional INTERJET, en el modo y forma de ley.
ARTÍCULO 1°. - DECLARAR de oficio la caducidad del procedimiento administrativo sancionador, seguido contra la empresa de transporte internacional INTERJET, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, y en consecuencia, se ordena que se proceda a su archivo, dejando a salvo la adopción de las medidas que correspondan por parte de la Unidad Funcional de Fiscalización Migratoria Callao.
ARTÍCULO 2°. - La Unidad Funcional de Fiscalización Migratoria Callao deberá evaluar el inicio de un nuevo procedimiento sancionador, en el supuesto que la infracción no hubiera prescrito, conforme lo establece el inciso 4) del artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, bajo responsabilidad.
ARTICULO 3°. - NOTIFICAR la presente Resolución a la empresa internacional INTERJET, en el modo y forma de ley.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Jefatura Zonal - Callao