Resolución de Superintendencia N.° 0031-2022/MIGRACIONES
Aprobación del Reglamento Interno de Servidores Civiles
11 de marzo de 2022
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución de Superintendencia N° 0118-2020- MIGRACIONES, a partir del día de entrada en vigencia del Reglamento Interno de Servidores Civiles de la Superintendencia Nacional de Migraciones – RIS aprobado mediante la Resolución de Gerencia General N° 0046-2022-GG/MIGRACIONES.
Artículo 2.- Delegar en el(la) Jefe(a) de la Oficina de Recursos Humanos la facultad de emitir las resoluciones correspondientes a las encargaturas, designaciones temporales, licencias, vacaciones, baja de los servidores; así como, otras acciones de personal, según corresponda.
Artículo 3.- La facultad delegada en el artículo precedente, comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, sin eximir de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Asimismo, el(la) Jefe(a) de la Oficina de Recursos Humanos deberá informar trimestralmente al titular de la entidad los actos que emitan como producto de la presente resolución, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al vencimiento de cada periodo.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES (www.gob.pe/migraciones) y en el Portal de Transparencia Estándar
Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución de Superintendencia N° 0118-2020- MIGRACIONES, a partir del día de entrada en vigencia del Reglamento Interno de Servidores Civiles de la Superintendencia Nacional de Migraciones – RIS aprobado mediante la Resolución de Gerencia General N° 0046-2022-GG/MIGRACIONES.
Artículo 2.- Delegar en el(la) Jefe(a) de la Oficina de Recursos Humanos la facultad de emitir las resoluciones correspondientes a las encargaturas, designaciones temporales, licencias, vacaciones, baja de los servidores; así como, otras acciones de personal, según corresponda.
Artículo 3.- La facultad delegada en el artículo precedente, comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, sin eximir de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Asimismo, el(la) Jefe(a) de la Oficina de Recursos Humanos deberá informar trimestralmente al titular de la entidad los actos que emitan como producto de la presente resolución, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al vencimiento de cada periodo.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES (www.gob.pe/migraciones) y en el Portal de Transparencia Estándar
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Superintendencia 2022